Prohibido uso de armas y expendio de bebidas durante elecciones del 16 de febrero

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Santo Domingo.- El Ministerio de Interior y Policía (MIP), exhortó dar estricto cumplimento a la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas, el porte de armas en manos de la población civil, desde 24 horas antes de las elecciones hasta 12 horas después de culminados los procesos electorales a celebrarse en los meses de febrero y mayo del presente año 2020.

En lo referente a las ventas de bebidas alcohólicas, se exceptúan aquellas instituciones hoteleras que se encuentran ubicadas en las zonas turísticas, las cuales deberán ser debidamente identificadas por la Junta Central Electoral, de conformidad a la disposición legal contenida en la Ley 15-19, Orgánica del Régimen Electoral.

Sólo los agentes de la Policía Militar Electoral que estén al servicio de las autoridades electorales, debidamente identificados con el brazalete de la Junta Central Electoral, pueden penetrar armados en los locales en donde se efectúen las inscripciones y las votaciones, cuando fueren requeridos.

El MIP reitera las instrucciones impartidas a través de la Liga Municipal Dominicana, para que los ayuntamientos del país adviertan a los policías municipales a abstenerse de portar armas de fuego y vestir uniformes e insignias militares durante las elecciones, que tendrán lugar en los procesos electorales de los meses de febrero y mayo del presente año 2020.

(Fuente: Diariodigital.com.do)

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