Aprueban sanciones por violar toque queda

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El Senado aprobó anoche en segunda lectura el proyecto de ley sobre Regulación de los Estados de Excepción Contemplados por la Constitución dominicana la cual especifica el tipo de sanciones que se debe aplicar por violar el toque de queda entre estas multas de dos y 10 salarios mínimos y trabajo público.

El proyecto de ley, iniciativa del senador Félix Bautista, será enviado a la Cámara de Diputados para su conocimiento.

Establece que las personas sorprendidas consumiendo alcohol en la calle, colmados, colmadones, tiendas de bebidas alcohólicas, serán sancionados con multas del 50% a cinco salarios mínimos del sector público y los reincidentes podrían ser condenados al doble de esas penas.

Los propietarios de autobuses que transporten personas sin autorización pagarán multas de cinco a 10 salarios mínimos y los choferes de vehículo de carga que se desplacen sin autorización tendrán que pagar multas de dos a seis salarios mínimos.

Los dueños de vehículos de carga que se desplacen sin autorización serán sancionados con multas de cinco a 10 salarios mínimos del sector público y los reincidentes podrían ser condenados al doble de esas penalidades.

Las personas que se desplacen en motocicletas sin autorización serán sancionadas con medio a dos salarios mínimos del sector público o trabajo público.

Para la aplicación de las sanciones previstas en esta ley se aplicará el procedimiento penal especial por contravenciones.

El proyecto modifica el artículo 32 de la ley vigente agrega el artículo 32.bis de la Ley Orgánica 21-18, del 25 de mayo de 2018.

Bautista explicó que con esa se ley trata de contener las violaciones a los toques de queda y “debe ser modificada, debido a que estas sanciones solo estaban amparadas en las leyes vigente del Ministerio de Salud Pública, pero no especifica el tipo sanciones que se debe hacer a los ciudadanos”. (Hoy)

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