Salario mínimo de las domésticas a tiempo parcial será de RD$420 por día

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El pasado uno de septiembre se dio a conocer la propuesta del gobierno para regular el trabajo doméstico en República Dominicana que, de entrada, fija el salario mínimo de ese sector trabajador en 10,000 pesos mensuales y manda a incluirlo en la seguridad social.

Muchas dudas han surgido desde entonces, como el pago que deben hacer las familias que tiene un servicio solo por uno a dos días a la semana; cómo se hará el registro en la seguridad social, dado que las familias no pueden funcionar como empresas; qué hacer para el contrato escrito.

Para aclarar algunas de esas dudas, aunque otras quedaron todavía pendientes, una comisión del Ministerio de Trabajo y del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) Conversó con Diario Libre.

Lo primero en aclarar es que el trabajo por día se calculará sobre la base del mínimo, pero no tendrá que ser el monto total. El empleador, en este caso, la familia, que solo requiera servicio por uno día a la semana, pagará 420 pesos, que es el resultado de dividir los 10,000 del salario mínimo entre los 23.83 días de labores al mes (igual a 419.6).

Así lo explican Juan Estévez, viceministro de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Javier Suárez, asesor el ministro de trabajo y Marilyn Rodríguez, subgerente general del CNSS.

-¿Por qué 10,000 pesos, cuando es menor al salario mínimo de la mayoría de los sectores trabajadores?

Suárez explica que se hicieron unos estudios económicos y el salario promedio de los domésticos a nivel nacional fue de 7,495 pesos. Por ende, un salario de 10,000 pesos, que es un mínimo. “La idea es que fuera un salario más alto que la media normal que tienen”, explica, al tiempo que recuerda la disposición del Código de Trabajo que establece que la comida y el alojamiento equivalen al 50% del salario numeral, por lo que ese mínimo que establecen sería de unos 15,000.

-¿Cómo se formalizará y registrará el contrato escrito?

“La resolución establece que es preferiblemente por escrito, no obligatorio y es así porque se deben definir las condiciones y que quede claro. Lo que sí es que, aunque sea escrito o verbal, el empleador tiene que registrar ese trabajo en el Ministerio de Trabajo”.

Suárez afirma que para ello están elaborando un modelo de contrato de trabajo que se subirá en la página web del Ministerio y que servirá de guía a las personas interesadas. Además, crearán una página de uso amigable para que el empleador del o la doméstica, pueda hacer el registro aportando datos como nombres, cédula, salario a pagar y dirección, y dicho formulario también funcionará como registro de contrato también.DL

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