¿Puedo ir a la cárcel por espiar el móvil de mi pareja?

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Muchas parejas tienen tanta confianza en sí que se dejan el móvil, se permiten verlo e incluso tienen la contraseña de la otra persona. Sin embargo, no es lo habitual y el móvil es algo privado de cada persona. Por eso, no puedes espiar el móvil de tu pareja porque podrías ponerte en problemas. No es ético, no es legal, traicionas la confianza de tu pareja y no deberías necesitar hacerlo.

Te contamos lo que puede pasarte si espías el teléfono de tu pareja, amigos de confianza, algún familiar o cualquier otra persona, y ya te adelantamos que no va a ser precisamente bueno. Además, como la otra persona lo sepa lo mínimo que te puede pasar es que caiga un buen enfado e incluso que te deje por controlarle. Si no se entera, también podrías acabar en una dinámica en la que le espíes por cualquier cosa, creando una importante adicción.

Pero lo que realmente nos importa en este caso, teniendo en cuenta que las consecuencias pueden ser fatales, es si puede haber consecuencias legales por espiar a la pareja. Te preocupará saber si te pueden multar o incluso llevar a la cárcel. Da igual si espías el teléfono, ves sus emails, consultas sus redes sociales o revisas los mensajes de WhatsApp que le han llegado. Nada de eso es legal, y todo ello podría tener pena de prisión.

Hasta 4 años de cárcel por usar el móvil de tu pareja

Usar su móvil para ver lo que tiene está castigado fuertemente si lo usas para descubrir secretos o vulnerar la actividad de la otra persona. Concretamente, está tipificado en el artículo 197 del Código Penal con penas de prisión de 1 a 4 años y multa de 1 a 2 años con una cuota diaria de entre 2 y 4 euros.

Si vulneras las contraseñas y medidas de seguridad de tu pareja navegando en su teléfono sin su consentimiento ni voluntad, esto tiene una pena de prisión de 6 meses a 2 años. La misma pena, y con multa de 3 a 18 meses, tendrás si instalas una app de espionaje en el smartphone de tu pareja. Si no tienes antecedentes, en este caso lo más probable es que no vayas a la cárcel, pero sí que puedes tener pena de cárcel. Será un tribunal el que determine tu castigo según los hechos, aunque en todo caso tendrás antecedentes penales. Recuerda que, si descubres su intimidad de cualquiera de estas formas estamos ante el primer caso, con penas de hasta 4 años.

Además, hay que tener en cuenta que acceder a los contenidos del móvil de otra persona puede suponerte más de un delito, uno de los cuales está relacionado con la protección de datos, con cuantiosas multas, según podemos ver en el Reglamento general de protección de datos (RGPD).

Si además difundes las imágenes, vídeos o lo que veas allí o le cuentas a alguien lo que has descubierto, la pena puede ser mayor, de los 2 a los 5 años de prisión. Si se trata de un video sexual, podrías afrontar hasta 7 años de cárcel.  En este caso, sí que te tocaría ir a la cárcel, el tiempo dependerá de lo que diga un tribunal. Hay que tener en cuenta asimismo que si cometes un delito que cause la muerte de una persona, la condena podría ser mayor.

Para aclarártelo mejor porque puede parecerte muy confuso de primeras te mostramos las penas de cárcel al detalle, sin contar la multa que te podría caer:

Si desbloqueas la pantalla del teléfono de tu pareja: De 6 meses a 2 años
Instalas una app de espionaje en su móvil: De 6 meses a 2 años
Ves su Telegram, WhatsApp, redes sociales, emails y otros contenidos de su intimidad: De 1 año a 4 años
En caso de que envíes o reenvíes un vídeo privado del teléfono de tu pareja: De 2 años a 5 años
Si el vídeo es sexual o tu pareja es menor: Hasta 7 años de cárcel
Si te haces pasar por una persona que no existe hablándole por WhatsApp, Telegram, etc: No hay cárcel a menos que suplantes la identidad de alguien

Si te declaran culpable con más de 2 años de cárcel irás a prisión, en caso contrario no lo harás a menos que tengas antecedentes o haya alguna razón para ello.

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