Para fomentar un ambiente escolar ameno, es necesario priorizar la capacitación académica y el bienestar de los alumnos. Sin embargo, ¿qué hacer cuando un estudiante presenta una actitud inapropiada o un mal comportamiento dentro del plantel? ¿Cuál debe ser la manera de proceder de la institución educativa en estos casos?
El caso del niño Eduardo (nombre ficticio), de 5 años, evidencia una realidad frecuente en diversos planteles a nivel nacional. Ángel (seudónimo del padre) señala que fue contactado por representantes de la escuela de su hijo debido a que este presentaba problemas de conducta. Le indicaron que pellizcaba a sus compañeros y que, en ocasiones, se golpeaba la cabeza contra la pared, por lo que la maestra se vio en la necesidad de dar la voz de alerta al área de Psicología del plantel, así como al director.
Ángel asegura que, en su casa, su hijo no se comporta mal y que es un niño como cualquier otro. “No tengo quejas de él”. Pese a esto, cuenta que la escuela dispuso que Eduardo solo asistiera a clases los lunes y martes hasta las 12:00 del mediodía, en compañía de un tutor.
“La parte que no logro entender es por qué limitarlo a solo dos días”, cuestiona Ángel, tras manifestar que es necesario que su hijo asista en el horario regular de clases para que pueda obtener el aprendizaje esperado. Entiende que la restricción podría ocasionar que el niño no avance al mismo ritmo que los otros estudiantes y “se quede atrás de los demás”.
Edward Yiral Suárez, director de la Escuela Carmen Natalia Martínez Bonilla, donde estudia el menor, manifiesta que estas disposiciones se llevan a cabo conforme al manual de convivencia del Ministerio de Educación y que se establecen luego de agotar una serie de procesos, a fin de garantizar los derechos del niño.
Resalta que el horario de asistencia del estudiante fue previamente acordado con sus padres, quienes dieron su consentimiento para que se llevara a cabo esta disposición.
“Aunque es un centro público, aquí no tenemos las herramientas para ese tipo de casos. Entonces, lo que se ha hecho es buscar una solución, no apartar al niño”, destaca el director.
Suárez puntualiza que este proceso no es permanente y que tiene una duración de entre dos y tres semanas. “Hay un lapso de tiempo para eso, porque uno va verificando cómo ha evolucionado el proceso, y eso es periódico”, precisa.
Entre los pasos que se llevaron a cabo, enumeraron que, primero, la maestra dio la voz de alerta y contactaron a los padres; luego, el niño fue evaluado por la psicóloga educativa, quien lo remitió a un pediatra. Posteriormente, se tomó la decisión de que el menor asistiera a la escuela solo dos días hasta evaluar su evolución con el acompañamiento psicológico oportuno.
“El pediatra es quien remite al psicólogo clínico para que sean ellos quienes determinen la situación y nos envíen estrategias sobre cómo una maestra debe trabajar en el aula con ese niño”, manifiesta la orientadora del centro, Yanira Elizabeth Jiménez.
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La orientadora de la referida escuela explica que han trabajado con el niño en su proceso de adaptación a la escuela, ya que el menor ingresó en el mes de diciembre debido a una situación personal.
“Se ha trabajado con la madre. Ella lo ha acompañado al aula para ayudarnos con el proceso de adaptación, y el niño ha progresado desde diciembre hasta ahora”, indica la especialista.
Postura del distrito educativo
De acuerdo con Odalis Santana, encargada de Participación Comunitaria del departamento del distrito educativo 05-02, si los padres no están conformes con alguna medida tomada por la escuela, deben dirigirse al distrito educativo, a la regional o presentarse en la sede correspondiente.
“Desde esa unidad, nosotros acostumbramos a orientar a los padres, a través de las asociaciones de padres de cada centro educativo, sobre qué debe hacer una familia en caso de que no se sienta conforme con alguna decisión”, subraya Santana.
Manifiesta que, aparentemente, el padre del menor no siguió el protocolo para notificar su inconformidad con la decisión tomada por la escuela.
Precisa que la referida escuela actuó de forma correcta ante el caso, conforme a lo estipulado. “Lo correcto es acercarse, tener un contacto directo con la familia, que fue lo que hizo la escuela”, señala.
Afirma que el centro educativo precisa de un diagnóstico emitido por un psicólogo para conocer la situación de salud mental del alumno e implementar el abordaje adecuado. “Nosotros recomendamos identificar qué tipo de condición presenta el niño. Lo que queremos, sencillamente, es trabajar en conjunto con la familia”.
“Ahora, mientras llega ese diagnóstico, el centro está facultado para utilizar la estrategia que considere pertinente y reglamentaria, tomando en cuenta lo que establecen las normativas”, apunta Santana.
Desde el punto de vista de la psicología clínica
En tanto, la presidenta del Colegio Dominicano de Psicólogos (Codopsi), Abril Arias, refiere que el Estado debe contar con profesionales cualificados “con un alto nivel de competencias para tratar cualquier tipo de dificultad relacionada con el aprendizaje o la conducta”.
Asegura que los primeros años de vida son cruciales para el desarrollo del carácter y los valores de un niño, siendo especialmente significativa la etapa entre los 0 y los 7 años.
Según Arias, la decisión implementada por la escuela podría tener efectos devastadores en el desarrollo emocional del menor. “Este niño puede asumir actitudes de rebeldía, rabia, enojo, ira e incluso perder el afecto y el amor hacia la escuela”.
Manifiesta, además, que esta medida podría causar inestabilidad emocional y psicológica, así como un sentido de indefensión y desprotección en el infante.
“Si un profesional de la educación no es capaz de implementar estrategias y técnicas para modificar la conducta de un niño de 5 años, eso significa que este sistema educativo ha fracasado”, considera.
Manual de convivencia
El Ministerio de Educación dispone de un manual sobre las normas del sistema educativo para la convivencia armoniosa en los centros públicos y privados, el cual establece estrategias para preservar la paz, la tranquilidad y la buena convivencia en el plantel educativo.
Según el artículo 23 del referido manual, “se prohíbe toda medida que denigre a las personas, que se aplique de forma improvisada, indiscriminada y/o desproporcionada, que ponga en peligro el aprendizaje o que implique el uso de violencia”.
En este sentido, dicho artículo establece que está prohibido negar el acceso a un servicio o espacio del centro, “salvo de forma circunstancial, si existe una situación grave de alteraciones de la convivencia por parte del estudiante”.