El Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Puerto Plata condenó a dos años de pena suspendida al pelotero dominicano Wander Samuel Franco Aybar, tras encontrarlo culpable de abuso psicológico y sexual contra una adolescente, lo que significa que el beisbolista no irá a prisión, siempre y cuando cumpla con una serie de condiciones impuestas por la justicia.
¿Qué es la pena suspendida?
La pena suspendida está contemplada en el artículo 341 del Código Procesal Penal de la República Dominicana. Según explicó el abogado penalista Carlos Salcedo, esta figura permite que una persona condenada a prisión pueda permanecer en libertad bajo reglas específicas, siempre que cumpla dos requisitos: no tener antecedentes penales y que la pena impuesta no supere los cinco años de prisión.
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Durante el tiempo que dure esta suspensión, el condenado sigue siendo legalmente un recluso, pero no está recluido en un centro penitenciario. En su lugar, debe obedecer las condiciones impuestas por el tribunal. En el caso de Wander Franco, una de las principales prohibiciones es acercarse a menores de edad con fines sexuales, según determinó la jueza, quien le advirtió que debía evitar reincidir en comportamientos similares, a pesar de su juventud.
La magistrada también señaló durante la audiencia que Franco tomó «una mala decisión» y lo exhortó a asumir con responsabilidad las consecuencias de sus actos. Si el pelotero incumple alguna de las condiciones impuestas, la pena suspendida podría ser revocada de inmediato, lo que implicaría que deberá cumplir en prisión los dos años a los que fue sentenciado.
Además de la pena suspendida, Franco fue condenado al pago de una multa equivalente a diez salarios mínimos del sector público. Esta sanción económica forma parte de las disposiciones complementarias establecidas por el tribunal.
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