En una decisión que no es muy recurrente, la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional sancionó con una multa en febrero de este año a tres abogados, decisión que fue ratificada en mayo, por actuar de manera “temeraria y de mala fe” en el proceso que representaban.
Los abogados sancionados son Lilia Fernández Lora, Mariel León Lebrón y Joel del Rosario Alburquerque, “porque a pesar de tener conocimiento de que perpetran diligencias improcedentes, ostentan una conducta censurable”, concluyó el presidente de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Miguel Ángel Díaz Villalona, quien también impuso la medida a María Hazoury Delgado, la persona que representaban los togados.
Los cuatro fueron condenados al pago de una multa de mil pesos (RD$1,000.00) tras ser declarados litigantes temerarios.
Díaz Villalona explica en su ordenanza que el litigante temerario es “aquella parte que actúa de manera imprudente o maliciosa durante el proceso judicial”, con “pretensiones o defensas cuya inadmisibilidad o falta de fundamento no puede ignorar con arreglo a una mínima pauta de razonabilidad, utilizando con malicia y arbitrariedad los actos procesales”.
En ese orden, acogió la solicitud de la otra parte del proceso que solicitó la declaración de litigantes temerarios a Hazoury Delgado así como a sus representantes legales.
La Presidencia de la Cámara Civil y Comercial estaba apoderada de una demanda en referimiento sobre levantamiento de oposición a pago, interpuesta por la sociedad comercial Inmobiliaria Don Juan S.R.L., en contra de María Amelia Hazoury Delgado, quien estaba en un proceso de divorcio con Juan Rafael Llaneza Gil, quien posee “intereses” en esa entidad y a la que se le acogió la demanda en referimiento.
La ordenanza fue ratificada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que rechazó un recurso de apelación de la señora María Hazoury Delgado y su defensa, el 16 de mayo de este año.
Se recuerda que la abogada Lilia Fernández Lora formó parte del equipo de abogados de la empresaria Alexandra Consuelo Mejía Arcalá, quien demandó por violencia de género a su exesposo Raúl Antonio Rizik Yeb, quien resultó favorecido con un no ha lugar, al tribunal rechazar la acusación.
Otros abogados sancionados
En marzo del 2019, el Tribunal Superior de Tierras del Departamento Noreste, emitió la sentencia núm. 20190062, en la cual también se condenó a los abogados Felipe García Hernández y Gregorio Hernández, al pago “solidariamente” de la suma de 500,000.00 dólares junto a varios herederos en una litis por una parcela en Samaná.
Esa sentencia fue casada por la Suprema Corte de Justicia en el fallo SCJ-TS-23-0388, del 28 de abril de 2023, únicamente en cuanto al monto de la condena por daños y perjuicios.
Al difundir su sentencia, la SCJ recordó que el artículo 31 de la Ley 108-05 establece que, en cuanto a las demandas temerarias y reparación de daños y perjuicios, “si queda demostrado durante el proceso la falta de fundamento de la demanda porque la misma haya sido ejercida con ligereza censurable o con el propósito deliberado de hacer daño, el juez podrá ordenar la reparación moral del perjudicado y la indemnización por daños y perjuicios correspondiente conforme a lo dispuesto por el Código Civil”.