La Cámara de Diputados aprobó este viernes en segunda lectura el proyecto de ley de alquileres de bienes inmuebles, una pieza que fue modificada por los legisladores tras las observaciones de varios sectores sociales que rechazan algunos artículos de la propuesta.
Cuando se aprobó en primera lectura, el 25 de junio, el proyecto de alquileres fue objeto de críticas porque imponía serias reglas contra los propietarios y ataduras en los contratos de renta.
Antes de aprobarlo en segunda lectura, los diputados modificaron el artículo ocho del proyecto y le agregaron un párrafo para especificar que el reajuste del precio de alquiler, para fines de aumento de la tarifa, estará sujeto al acuerdo entre las partes y que, en el caso de las viviendas, el monto no debe exceder el 10 % del monto de la renta.
Otro cambio dispuesto en el proyecto recae sobre el artículo 13, en el que ahora se exige un monto no mayor de tres depósitos del alquiler. En el proyecto original sólo se exigían dos depósitos.
En el mismo artículo se agregó un párrafo para que, en el caso de los inmuebles comerciales, los depósitos sean acordados entre las partes, sin ninguna atadura.
Otra modificación que introdujeron los diputados es que al término del plazo fijado en los contratos de alquiler, los propietarios y los inquilinos podrán acordar otro plazo para su renovación.
Además, especificaron, en el artículo 10, que el incumplimiento de pago del alquiler es una causa para que el contrato de renta finalice y quede cancelado.
El proyecto que se aprobó este viernes en segunda discusión también cambia el artículo 11 de la pieza que, originalmente, establecía que cuando un inquilino muere, su pareja o sus hijos se harán cargo del contrato de alquiler, pero ahora se detalla que ellos podrán quedarse con el contrato “siempre que se garantice al propietario el pago del alquiler”.
Asimismo, modificaron el artículo 12 que explica sobre el abandono de los inmuebles.
En el punto, los congresistas agregaron dos párrafos para puntualizar que los abandonos de los inmuebles alquilados serán comprobados únicamente por un notario público y para que un juez de paz o de primera instancia autorice al dueño la posesión de la propiedad, siempre que cuente con un acto notarial.
Los bancos y los depósitos
La iniciativa que se aprobó en primera discusión establecía que los depósitos serían guardados en cualquier banco comercial cercano al inmueble, pero ahora se cambió ese aspecto para que los fondos solo se resguarden en el Banco Agrícola y en el Banco de Reservas -con un acuerdo previo entre las partes- y que, además, las entidades financieras no estén obligadas a conservar contratos de renta, como lo estipulaba el proyecto original.
La pieza conocida en primera lectura obligaba a los propietarios a que, en caso de vender el inmueble, la propiedad se ofrezca primero al inquilino que vive allí, pero ahora se eliminó esa posibilidad.
A favor de los inquilinos
Los diputados también modificaron el numeral cuatro del artículo 24 para precisar que los inquilinos sólo estarán obligados a pagar las reparaciones en las propiedades si los daños ocurrieron por el uso o disfrute del inmueble. En la pieza original no quedaba detallado.
En ese sentido, también se eliminó el artículo 27 del proyecto, que establecía que los daños a las propiedades debían correr por cuenta de los inquilinos o arrendatarios.
Los desalojos
El artículo 45 del proyecto fue cambiado para que las sentencias judiciales vinculadas a los alquileres se hagan siguiendo la Ley 396-19, sobre el uso de la fuerza pública.
En el proyecto original se disponía que los propietarios, abogados o alguaciles que ejecuten desalojos sin el trámite judicial correspondiente, irían a la cárcel hasta por cinco años. Sin embargo, el cambio en el proyecto aclara que cualquier acto de desalojo se hará usando la ley de otorgamiento de la fuerza pública.
Va al Senado
El proyecto de ley de los alquileres, que es autoría de Alfredo Pacheco, ahora va al Senado para el mismo trámite de estudios y una posible aprobación en dos lecturas.