Cooperación  y asistencia  de los Estados  con la Corte Penal Internacional

Publicado el

spot_img

El Estatuto de Roma facultó a la Corte Penal Internacional para solicitar la cooperación de los Estados Partes. Estas solicitudes serán normalmente por escrito y serán tramitadas por la via diplomática, salvo que el Estado especifique lo contrario.

En algunos casos de urgencias, los requerimientos podrán tramitarse por cualquier otro medio que permita dejar constancia escrita, como facsímiles o correo electrónico, siempre que la solicitud sea confirmada por el método apropiado.

Las solicitudes de la Corte Penal Internacional y cualquier otra documentación de apoyo serán traducidas al idioma oficial del Estado requerido o en uno de los idiomas de trabajo de la Corte. Los idiomas de trabajo de la CPI son el ingles y el francés.

El Estatuto de Roma señala los contenidos necesarios de la mayoría de las solicitudes de cooperación. La Corte Penal Internacional deberá cumplir con una exposición concisa de su propósito y fundamentos jurídicos y los motivos de la asistencia solicitada.

La CPI, también deberá presentar una exposición concisa de los hechos esenciales que fundamentan la solicitud hecha al Estado. Asimismo deberá ofrecer información detallada acerca del paradero o la identificación de la persona o el lugar de la búsqueda o identificación.

Según el Estatuto de Roma la CPI, es importante para las solicitudes de cooperación de los Estados precisar las razones y la indicación detallada de cualquier procedimiento que deba seguirse o requisito que deba cumplirse.

Finalmente, se requiere según el Estatuto de la CPI cualquier información que pueda ser necesaria conforme al derecho interno del Estado requerido para cumplir la solicitud. Los Estados deberán comunicar a la Corte cualquier disposición específica de su derecho interno al respecto.

El Estatuto de Roma prevé que las solicitudes de asistencia sean ejecutadas de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido.

Sin embargo, si el derecho interno no lo prohíbe, la CPI podrá especificar la forma de proceder, incluidos los procedimientos indicados y la autorización a las personas que deberán estar presentes o que deberán asistir en el proceso de ejecución.

En el caso de una solicitud de cooperación y asistencia de la Corte Penal Internacional urgente, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán tramitados con urgencia.

The post Cooperación  y asistencia  de los Estados  con la Corte Penal Internacional appeared first on El Día.

En Portada

Proyecto de ley facilitaría jubilaciones de maestros

La Cámara de Diputados estudia un proyecto de ley que modificaría los requisitos para...

MLB: Pete Alonso pega jonrón 250, y empata el récord de los Mets

Alonso conectó su jonrón número 252 de su carrera al inicio de la derrota...

Haití decreta estado de emergencia por violencia de pandillas

El gobierno de Haití anunció este sábado la implementación de un estado de emergencia...

MLB; Devers jonronea por segundo día consecutivo, Gigantes pierden

Rafael Devers la volvió a sacar por segundo partido consecutivo, pero el derecho Brad...

Noticias Relacionadas

Proyecto de ley facilitaría jubilaciones de maestros

La Cámara de Diputados estudia un proyecto de ley que modificaría los requisitos para...

Abinader pondrá en marcha trenes de seis vagones en Línea 1 de Metro

El presidente Luis Abinader pondrá en funcionamiento este domingo trenes de seis vagones en...

Luis Gil da señal positiva a los Yankees en segunda salida

El dominicano Luis Gil lució mucho más como el Novato del Año de la...