Yeni Berenice advierte sobre riesgo de violencia digital

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La Procuraduría General de la República ha advertido sobre la figura del “violador digital”, a raíz del caso de supuesta violación sexual grupal ocurrido en Villa González, Santiago.

El Ministerio Público solicitó prisión preventiva contra seis hombres acusados de drogar y violar sexualmente a una joven de 21 años, grabar el hecho y difundir el video en redes sociales.

Esta situación llevó a la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, a instar públicamente a la población a no compartir dichas imágenes, para no convertirse en “violadores digitales” que revictimizan a la víctima.

Difundir contenido íntimo sin consentimiento atenta contra la dignidad de la persona afectada y puede acarrear repercusiones legales en el país.

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Infografía

Procuradora general en X. (FUENTE EXTERNA)

¿Qué implica ser un “violador digital”?

El término “violador digital” alude a quienes, desde el ámbito virtual, lesionan la intimidad y dignidad de una víctima de abuso sexual al compartir o incluso solo conservar imágenes o videos del hecho sin su consentimiento.

Las autoridades señalan que divulgar materiales audiovisuales de una agresión sexual constituye una forma de revictimización, pues expone nuevamente a la víctima a un daño.

En palabras del Ministerio de la Mujer, difundir estos contenidos atenta contra la dignidad humana y los derechos fundamentales de la joven afectada. Es decir, quien comparte o no elimina ese tipo de material se convierte en cómplice de la agresión original, prolongando el abuso en el entorno digital.

El llamado de la Procuradora General

La procuradora general Yeni Berenice Reynoso emitió una enérgica advertencia tras conocerse la circulación del video del caso de Villa González. A través de su cuenta de X (antes Twitter), exhortó a eliminar de inmediato cualquier foto o video de la joven víctima que circulase en internet.

“Toda persona o plataforma de medios que haya publicado foto o vídeo de la joven víctima de la atroz violación grupal en Villa González debe eliminarla inmediatamente. No se convierta en un violador digital de su dignidad e intimidad. No la revictimice”, escribió Reynoso en su mensaje.

Este llamado busca crear conciencia de que la difusión no consentida de imágenes de violencia sexual es una agresión adicional a la víctima. Reynoso enfatizó que tanto usuarios individuales como administradores de páginas web y redes sociales tienen la responsabilidad de retirar ese contenido para frenar la propagación del daño.

Cabe destacar que la advertencia de la procuradora se produce en el contexto de un caso atroz: según la investigación, seis hombres drogaron y abusaron sexualmente de la joven en marzo pasado, hecho que grabaron y divulgaron por distintas plataformas digitales.

Las autoridades han detenido a los implicados y califican el caso de “tramitación compleja” por la cantidad de involucrados y la variedad de delitos imputados.

Uno de los delitos de los implicados en el caso es precisamente la distribución del video, cuya primera difusión en internet está bajo investigación por los organismos forenses y de alta tecnología de la Policía, a fin de identificar a los responsables digitales.

Esto refleja la posición firme del Ministerio Público: no solo perseguir a quienes cometieron la violación física, sino también a quienes propagaron el material en línea.

Consecuencias legales 

La legislación dominicana tipifica como delito la divulgación de imágenes o grabaciones íntimas sin autorización de la persona afectada.

De acuerdo con el Código Penal (artículo 337, modificado por la Ley 24-97), se castiga con seis meses a un año de prisión y multa de RD$25,000 a RD$50,000 a quien atente contra la intimidad de otra persona captando, grabando o difundiendo, sin consentimiento, imágenes o audiovisuales tomados en un ámbito privado.

No solo el que grabó o publicó el video incurre en sanción; la ley establece expresamente que también serán penados quienes almacenan, comparten o facilitan que ese material llegue al público.

En otras palabras, conservar o reenviar ese video constituye igualmente un delito, castigado con la misma pena que recae sobre el autor de la grabación ilícita.

Además del Código Penal, la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología contempla figuras penales aplicables a estos casos. Por ejemplo, el atentado sexual mediante medios electrónicos (artículo 23 de dicha ley) sanciona con tres a diez años de prisión y fuertes multas a quien cometa agresiones sexuales valiéndose de sistemas informáticos, especialmente si la víctima se encuentra incapacitada.

En el caso de Villa González, la Fiscalía imputó a los acusados bajo esta ley por la “reproducción [y] distribución de imágenes” y el “atentado sexual por medios electrónicos”, adicionalmente a los cargos de violación sexual y asociación de malhechores.

Recomendaciones para no incurrir en violación digital

Para no ser un “violador digital” y evitar participar en la revictimización de personas sobrevivientes de violencia sexual, es fundamental seguir estas pautas:

? No compartir ni reenviar imágenes o videos íntimos sin consentimiento, especialmente aquellos relacionados con delitos sexuales. Difundir ese material prolonga el daño y está penado por la ley.

? Eliminar de inmediato cualquier contenido de este tipo que llegue a sus manos o dispositivos. Las autoridades han instado a la ciudadanía a remover dichas fotos o videos para proteger la intimidad de la víctima.

? Denunciar la publicación de material explícito no consentido ante las plataformas digitales o las autoridades competentes. Contribuir a frenar su difusión es parte de la responsabilidad ciudadana y ayuda a evitar la re-victimización de la persona afectada.

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