Antoliano Peralta critica la debilidad de la defensa del Estado

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En su acto de juramentación, el nuevo ministro de Justicia, Antoliano Peralta, expresó que una de las principales funciones de la institución será fortalecer las debilidades históricas de la defensa del Estado dominicano en procesos judiciales.

Al citar algunas de las misiones del Ministerio de Justicia, el funcionario señaló que el país ha perdido casos en los tribunales por la falta de organización en la representación pública.

El Estado dominicano ha sido históricamente desangrado con una serie de demandas, en algunas ocasiones inicuas, en las que los demandantes obtienen ganancia de causa porque el Estado no tiene una defensoría organizada”, dijo.

Peralta adelantó que el Ministerio de Justicia coordinará la defensa del Estado a partir de la Oficina de Defensa de la Administración Pública.

Funciones

El ministro aseguró que otra de las funciones principales del Ministerio de Justicia es la administración del sistema penitenciario, “que, hasta la existencia de esta ley (80-25), había estado de manera irregular bajo la regencia del Ministerio Público”.

Destacó también la incidencia del organismo en el sistema de derechos humanos y los compromisos que tiene la República Dominicana a nivel local e internacional.

En su juramentación, Peralta destacó la importancia de la creación del Ministerio de Justicia para la institucionalidad y la separación de los poderes públicos.

También expresó su satisfacción por los trabajos que ha realizado como consultor jurídico de la presidencia desde 2020 y valoró la designación de su sucesor, Jorge Subero Isa, expresidente de la Suprema Corte de Justicia.

Cuenta regresiva

Con el nombramiento de Antoliano Peralta Romero como ministro de Justicia, el Gobierno dominicano activó el plazo legal de 12 meses para poner en funcionamiento el Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 80-25, promulgada en agosto de 2025.

La designación de Peralta se produjo el 5 de enero de 2026, mediante el Decreto 1-26, emitido por el presidente Luis Abinader. A partir de esa fecha comenzó a correr el período de aplicación diferida previsto en la ley para la implementación completa de la nueva institución.

El artículo 66 de la Ley 80-25 establece que el Ministerio de Justicia debe entrar en funcionamiento definitivo en un plazo máximo de 12 meses contados desde la designación del ministro. Esto implica que, a más tardar en enero de 2027, deberán estar operativos el despacho del ministro, los viceministerios y las dependencias administrativas previstas en la normativa.

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