CNSS garantiza pensión a trabajadores de EDES y empresas públicas con RNC privado

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Este artículo fue publicado originalmente en El Día.

Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó una medida que busca garantizar el derecho a pensión de cientos de trabajadores de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDES) y de otras instituciones públicas cuyo Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) aparece como privado, pese a que el Estado posee el 50 % o más de su participación accionaria.

Con esta decisión, el CNSS modificó el párrafo I de la resolución No. 572-07, lo que permitirá que estos trabajadores puedan realizar su traspaso desde la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) hacia el sistema de pensiones de reparto del Estado, facilitando así su acceso a una pensión pública.

Acceso al sistema de reparto

El sistema de pensiones de reparto, establecido por la Ley 379-81, funciona bajo un modelo de seguridad social en el que las cotizaciones de los trabajadores activos financian directamente las pensiones de los jubilados actuales.

En este esquema no existe una cuenta individual de ahorro, sino un fondo común administrado por el Estado para cubrir las pensiones de los servidores públicos.

En contraste, el sistema que opera mediante Cuenta de Capitalización Individual (CCI), contemplado en la Ley 87-01, permite que cada trabajador acumule sus cotizaciones en una cuenta personal destinada a su retiro. Estos fondos se invierten durante la vida laboral del afiliado para generar rendimientos y financiar su pensión futura.

Respuesta a reclamos de afiliados

La medida adoptada por el CNSS responde a múltiples solicitudes presentadas por trabajadores afectados, quienes habían denunciado que sus solicitudes de traspaso al sistema de reparto eran rechazadas debido a que las empresas donde laboraban figuraban con RNC privado, aun cuando se trataba de entidades con participación mayoritaria del Estado.

Estas reclamaciones fueron canalizadas a través de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), del Defensor del Pueblo de República Dominicana y del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos, organizaciones que habían solicitado una solución definitiva para estos casos.

Protección de los derechos de los trabajadores

El CNSS destacó que esta decisión fortalece la protección de los derechos de los trabajadores y garantiza el acceso a la seguridad social, en consonancia con los principios establecidos en la Constitución dominicana sobre dignidad humana, protección social y garantías para las personas de la tercera edad.

Con la modificación de la resolución, se abre la posibilidad de que los trabajadores de empresas estatales con estructuras societarias mixtas puedan acceder al sistema de reparto y asegurar una pensión conforme a su trayectoria laboral dentro del sector público.

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