Juristas piden incluir las tres causales en el Código Penal

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Más de 70 juristas, docentes universitarios de Derecho, investigadores jurídicos, litigantes y especialistas en derecho constitucional y penal expresaron este miércoles su respaldo a la incorporación de las tres causales del aborto en el nuevo Código Penal, por lo que propusieron cambios a los artículos 110 y 111 de la ley 74-25.

Los juristas y académicos consideran que la redacción actual de la normativa presenta «serios problemas de constitucionalidad y técnica legislativa».

Además, en la comunicación dirigida al diputado Wandy Batista, presidente de la Comisión Bicameral que estudia las modificaciones al Código Penal, sostuvieron que el artículo 111 omite reconocer circunstancias excepcionales en las que la continuación forzada de un embarazo afecta gravemente derechos fundamentales de mujeres, adolescentes y niñas, entre ellos la vida, la salud, la integridad física y psíquica, la dignidad, la igualdad y la autonomía personal.

En ese sentido, proponen sustituir la redacción vigente para establecer expresamente que la interrupción del embarazo no genere responsabilidad penal cuando la vida o la salud de la mujer, adolescente o niña se encuentre en peligro, sea incompatible con la vida extrauterina o cuando sea consecuencia de una violación sexual, agresión sexual o incesto.

Asimismo, señalan que el artículo 110 contiene una contradicción normativa al remitir a una eximente cuya formulación resulta insuficiente desde el punto de vista constitucional, generando incertidumbre jurídica y comprometiendo principios como la legalidad, la taxatividad y la seguridad jurídica.

Por ello, plantean modificar la expresión «fuera de la eximente del artículo 111«, de manera que el delito de aborto forzado no admita excepciones.

Respeto a la carta magna

Los especialistas consideran que el artículo 37 de la Constitución debe interpretarse de manera sistemática junto con el resto de los derechos fundamentales reconocidos por la propia Carta Magna. En ese sentido, afirmaron que ninguna disposición constitucional establece una protección absoluta de la vida prenatal que impida al legislador reconocer excepciones en circunstancias extremas.

La propuesta también destaca que, de los 21 países cuyas constituciones reconocen alguna forma de protección de la vida prenatal, la mayoría contempla excepciones legales cuando está en riesgo la vida o la salud de la mujer, existe inviabilidad fetal o el embarazo es consecuencia de una violación o incesto.

  • Finalmente, los juristas y académicos aseguran que las modificaciones propuestas no constituyen una excepción al orden constitucional, sino una forma de armonizar la protección de la vida prenatal con los demás derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y por los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por la República Dominicana.

La propuesta fue presentada por Patricia Santana Nina y también está firmada por la exjueza del Tribunal Constitucional, Ana Isabel Bonilla Hernández; Así como por Cristóbal Rodríguez Gómez, Angélica Noboa Payán, Thiago Marrero Peralta, Carlos Morel, Dilia Leticia Jorge Mera, Paola Pelletier Quiñones, Michelle Perez Fuentes Hiciano, Emilio Zucco, Katia Ríos Goico, Alberto Fiallo-Billini Scalon, Laura Hernández Fondeur y decenas de especialistas del ámbito jurídico.

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