La Junta Central Electoral (JCE) inició un procedimiento administrativo sancionador contra la firma encuestadora ACD Media, S.R.L., al formular un pliego inicial de cargos por la presunta publicación y difusión de encuestas con fines electorales fuera del período establecido en el Reglamento sobre Encuestas aprobado por el organismo en mayo de este año.
La actuación fue dispuesta por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, luego de que el Pleno de la JCE la apoderara para investigar dos estudios de opinión atribuidos a ACD Media. Las encuestas, publicadas el 1 de junio y el 13 de julio por Diario Libre, incluían mediciones sobre simpatía partidaria, intención de voto y preferencias presidenciales de cara a las elecciones de 2028.
Según la JCE, ambas publicaciones se realizaron después de la entrada en vigor del Reglamento sobre Encuestas, vigente desde el 22 de mayo de 2026, y antes del inicio del período oficial de precampaña, durante el cual estaría permitida la difusión de este tipo de estudios. El artículo 13 de esa normativa prohíbe la publicación de encuestas con fines electorales fuera de los plazos establecidos.
Sanciones que contempla el reglamento
El reglamento contempla como sanción principal la suspensión temporal del registro de la firma encuestadora entre seis meses y un año, mientras que la cancelación definitiva solo procedería en caso de reincidencia. No obstante, el expediente precisa que la imputación tiene carácter provisional.
- La JCE deberá determinar durante la instrucción del procedimiento el grado de participación de ACD Media en la elaboración, autorización y difusión de las encuestas. La empresa dispondrá de 10 días para presentar su defensa.
Debate
La decisión se produce en medio de un debate sobre el alcance del Reglamento sobre Encuestas. La Ley 20-23 de Régimen Electoral establece una prohibición para publicar o difundir resultados de encuestas durante los ocho días anteriores a las elecciones y hasta cinco horas después del cierre de las votaciones, mientras que el artículo 49 de la Constitución reconoce el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones por cualquier medio.
El reglamento de la JCE ha sido cuestionado por la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) y Participación Ciudadana, que consideran que la prohibición de publicar encuestas antes de la precampaña carece de respaldo legal y plantean dudas sobre su constitucionalidad. Tras esos recursos, el Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer el caso y remitió la controversia al Tribunal Constitucional.


