Qué detectó la Cámara de Cuentas en Politur

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La Cámara de Cuentas realizó una investigación especial a la Dirección Central de Policía de Turismo (Politur), antiguo Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur), a través de la cual detectó inobservancia e irregularidades en el período comprendido entre el 1 de enero del 2010 y el 31 de mayo del 2021.

La investigación hecha a las gestiones del mayor general Pedro Antonio Cáceres Chestaro, 2010-2011, y del general Juan Carlos Torres Robiou, 2014-2021 (este último cumple prisión preventiva por su implicación en el caso de corrupción, denominado Coral 5G) arrojó desvío y malversación de fondos durante su administración.

Entre las irregularidades halladas, conforme a la investigación, están pagos a empresas intermediarias, contratos de bienes y servicios sin evidenciar aplicación de procedimientos de selección, evaluación de los contratos suscritos con los suplidores, pagos a proveedores con lazos de consanguineidad con funcionarios de la entidad.

Además, fueron identificadas debilidades en la contratación con la compañía Global Investment and Business Bridimar, como modificaciones al objeto de contrato y pliego de condiciones, pago de avance superior al monto establecido por la ley y contratación, sin evidencia de póliza de seriedad de la oferta.

También factura con número de comprobante fiscal inválido, desembolsos mediante cheques no registrados y sin identificación de las cuentas contables afectadas, procedimientos de urgencia para la adquisición de combustibles sin resolución declaratoria de la máxima autoridad, adquisición de bienes y servicios sin la formalización de contratos, ausencia de elaboración de informe detallado posterior al término del proceso de urgencia y falta de control en los archivos de los expedientes de contrataciones de bienes, obras y servicios, entre otras irregularidades.  

En su informe, con fecha del 20 de abril del presente año,  la Cámara de Cuentas indica que los principales funcionarios de la entidad, actuando en el desempeño de sus atribuciones y funciones, no observaron las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y normativas de cumplimiento obligatorio para los administradores de recursos públicos.

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