JCE establece cronograma para adjudicación de la nueva cédula

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La Junta Central Electoral (JCE) anunció este miércoles que quedó establecido el cronograma final para la adjudicación de la nueva cédula de identidad y electoral.

La JCE, a través de su Comité de Compras y Contrataciones, fijó para el próximo 25 de febrero a las 10 de la mañana el acto de recepción de apertura de credenciales, propuestas técnicas y muestras y recepción de Propuestas Económicas, relativo a la licitación pública internacional JCE-CCC-LPI-2024-0001, referente a la contratación de la empresa que se encargará de suplir los equipos, materiales y servicios para la impresión de la nueva cédula.

A través de un documento de prensa, la JCE también informó que, de acuerdo al cronograma o programación de actividades elaboradas por el citado Comité, luego de la apertura de la oferta técnica, se pasará a la “prueba de concepto”, para la cual se conceden 15 días hábiles, quedando el comienzo de la primera, una diaria, para el 19 de marzo de este año 2025.

La comunicación remitida al Pleno de la JCE, firmada por el presidente del Comité de Compras y Contrataciones, Luis Mora, señala que los plazos fueron fijados a partir de la Ley de Contrataciones Públicas, el Reglamento Interno Sobre Compras y Contrataciones, así como la sugerencia de algunos de los inscritos que solicitaron que el plazo para la apertura y recepción de documentos, no fuere menos de 40 días luego de la culminación del plazo de preguntas y respuestas.

La nueva cédula se irá entregando por grupos según la fecha de cumpleaños de los portadores, lo que significa que la renovación total tomará más de un año a partir de ahora. 

Validez de la cédula vencida

Aunque todos los ciudadanos mayores de edad tienen en su cartera una cédula de identidad y electoral vencida pueden seguir utilizándola sin problemas, ya que, la JCE dispuso por resolución, el 8 de agosto de 2024, que las cédulas tienen validez «hasta tanto se concluya el proceso de sustitución de las mismas, en la fecha que será anunciada», pero es la Ley 8-92 la que establece que este documento tiene una vigencia de seis años desde la fecha de emisión, en su artículo 5.

«Este documento tendrá una validez de seis años a partir de la fecha de su expedición, renovable por igual término cuantas veces lo solicite su portador. Será de expedición y renovación gratuita, incluyendo la fotografía», establece la norma.

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