Senado aprueba en primera lectura el nuevo Código de Trabajo

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El Senado de la República  sesionó este martes en primera lectura el proyecto de ley del Código de Trabajo, una legislación que enterrará el antiguo marco legal, de 1992, introduciendo nuevos elementos, como el teletrabajo, el trabajo doméstico y la ampliación del período de maternidad de 12 a 14 semanas. 

La pieza, una de las promesas del presidente Luis Abinader,  fue  validada de forma unánime con el voto de los 24 senadores presentes. Deberá leerse íntegramente en la sesión del jueves.

La propuesta llegó en octubre pasado  desde el Palacio a la Cámara Alta, donde estuvo bajo estudio por una comisión especial, coordinada por Rafael Barón Duluc, quien este martes calificó como un hecho histórico la rendición del informe favorable, debido que el proyecto estaba oscilando en el Congreso por más de una década.

Sin embargo, la Cámara de Diputados solo tendrá menos de tres semanas para aprobarla antes del 26 de julio —día final de la actual legislatura— y evitar que perima. De lo contrario, tendría que someterse nuevamente a partir del 16 de agosto con los cambios validados en la Cámara Alta. 

Durante los nueve meses, el panel de trabajo se reunió con los sectores involucrados: especialistas,  sindicalistas y representantes del Gobierno y del sector empresarial, que pedían un tope de seis años para el pago de las prestaciones por desahucio, pero esa petición no fue concebida. 

Entre las novedades, las licencias por parto subirán de 12 a 14 semanas. Además, el artículo 240 otorga  tres descansos diarios a las madres, de 20 minutos cada uno, para amamantar al bebé.

Además, se instalarán tribunales laborales en varios puntos del país para resolver los desacuerdos entre patronos y empleados.

Trabajo doméstico y teletrabajo

En cuanto al trabajo doméstico se sustituye la palabra trabajo doméstico por trabajadores del hogar

La jornada de los trabajadores del hogar no excederá de ocho horas diarias ni de 48 horas a la semana y la persona que lo ejecuta  tiene derecho a un descanso semanal ininterrumpido de 36 horas.

En cuanto al teletrabajo, a partir del artículo 276 se aborda una nueva modalidad. La pieza define las pautas: tiempo estar conectado y estar desconectado, quién asume los costos, descansos, mecanismos de supervisión, entre otros aspectos. 

La normativa señala que el empleador debe suministrarle los equipos de trabajo, sin la necesidad de que el empleado use los suyos propios. Además, el empleador debe respetar el derecho del trabajador, a la desconexión fuera de la jornada laboral y durante los períodos de descanso semanal, días feriados, vacaciones y licencias. 

Aplicación gradual

La normativa establece un tiempo gradual para ir entrando en vigencia: Algunos puntos entrarán en vigencia a los tres meses de haberse promulgado, mientras que los artículos  referentes a los procedimientos laborales  entrarán en vigencia un año después de la fecha de su publicación.

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