Prisión preventiva para fiscal Aurelio Valdez Alcántara por soborno

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La Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional dejó sin efecto este lunes la revisión de la medida de coerción impuesta al fiscal Aurelio Valdez Alcántara, acusado de solicitar un soborno de US$150,000 a una persona bajo investigación y de recibir US$10,000 en una entrega controlada.

La decisión fue adoptada a solicitud del Ministerio Público, que argumentó que la revisión no procedía debido a que la medida de coerción fue ratificada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el pasado 3 de junio.

El director general de Persecución del Ministerio Público, procurador adjunto Wilson Camacho, explicó que el tribunal acogió el planteamiento de la institución, basado en el párrafo tercero del artículo 243 del Código Procesal Penal, el cual establece que cuando una medida de coerción es recurrida, el plazo para su revisión obligatoria comienza a contarse nuevamente.

Nueva audiencia fijada

En ese sentido, la Corte fijó la nueva audiencia de revisión para el próximo 3 de septiembre, manteniendo vigente la prisión preventiva que pesa sobre el imputado.

Camacho indicó que la defensa ha sostenido que Valdez Alcántara cuenta con suficiente arraigo para enfrentar el proceso en libertad, pero señaló que tanto el tribunal que impuso la medida como la Suprema Corte de Justicia consideraron que la prisión preventiva sigue siendo la medida más adecuada.

La jueza Nancy Joaquín fundamentó su decisión en que la medida fue confirmada por la Suprema Corte el pasado 3 de junio, por lo que correspondía reiniciar el cómputo del plazo para su revisión.

Valdez Alcántara cumple tres meses de prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en San Cristóbal, por disposición de la jueza Ysis Muñiz, del Juzgado de la Instrucción Especial de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

El Ministerio Público le atribuye la presunta violación de varios artículos del Código Penal Dominicano y de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Según el expediente acusatorio, el fiscal habría exigido inicialmente un soborno de US$200,000, monto que posteriormente redujo a US$150,000 durante las negociaciones. Además, presuntamente manifestó interés en recibir un reloj marca Rolex y un vehículo Mercedes-Benz como parte del pago ilícito.

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