El Colegio Médico Dominicano (CMD) informó este miércoles que antes del próximo miércoles 15 de julio depositará formalmente ante el Congreso Nacional una propuesta de modificación al proyecto de Código Penal, centrada en cuatro artículos que, según el gremio, afectan tanto al ejercicio médico como a otros sectores de la sociedad.
El presidente del CMD, José Luis Peña Núñez, explicó que las observaciones ya fueron entregadas la semana pasada y que ahora serán sometidas por las vías correspondientes tanto en el Senado como en la Cámara de Diputados, dentro del plazo concedido para presentar sugerencias.
«Ya fueron depositadas nuestras quejas y recibidas el martes de la semana pasada, pero haremos una propuesta que depositaremos antes del miércoles, que fue la fecha límite que nos han dado», expresó.
- Indicó que el gremio objeta los artículos 8, 9, 12 y 354 del proyecto de ley.
«Aunque algunos artículos afectan de manera particular al sector salud, también impactan a muchos otros sectores, incluyendo a los medios de comunicación«, sostuvo.
«En menos de un mes, depositamos una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Acto seguido, en menos de una semana, una comisión de esta Junta Directiva se reunió en el Congreso con la Comisión de Salud del Senado, representada por la senadora Lía Díaz y con la Cámara de Diputados, representada por su vicepresidenta, la Dra. Dharuelly De Aza; y con integrantes de la Comisión de Justicia y de salud», resaltó.
Peña Núñez dijo que ya han solicitado una reunión con las Comisiones de Justicia de ambas Cámaras «porque ellos tienen que entender que la medicina es de medios, no de resultados y que vamos a estar atentos a cualquier modificación que no vaya en consonancia con el ejercicio médico dominicano«.
«No podemos modificar las cosas para agravarlas, hay que modificarlas para el porvenir de la sociedad dominicana«, agregó.
Articulo 8.- Responsabilidad penal de las personas jurídicas. Las personasjurídicas serán penalmente responsables de las infracciones cometidas porlos actos u omisiones punibles de sus órganos, representantes osubordinados que hayan sido ocasionados en su representación, siempre queestos actos u omisiones sean al mismo tiempo consecuencia delincumplimiento por parte de la persona jurídica de sus deberes dedirección, control o supervisión, respecto de sus órganos, representantessubordinados.Articulo 12.- Comisión por omisión. En las infracciones que tengan unresultado material, el resultado tipleo será igualmente atribulóle a aquelque, teniendo el deber y posibilidad de evitarlo y contando con laposibilidad para ello, no lo haga.Artículo 354. Certificación falsa de estado de salud. El médico queexpida un certificado falso sobre la existencia o inexistencia, presente o pasada, de una enfermedad o lesión de una persona, o sobre su causa demuerte, será sancionado con uno a dos años de prisión menor y multa detres a seis salarios minimos del sector público. Igual sanción se leimpondrá a la persona que haga uso fraudulento de este certificado.
Caso William Almánzar en La Vega

En tanto, el doctor Miguel Thevenin, presidente de la filial de La Vega, informó que el cirujano bucomaxilofacial William Almánzar obtuvo la libertad luego de que una jueza le impusiera una garantía económica y presentación periódica como medidas de coerción.
Recordó que el médico fue detenido inicialmente en medio de una investigación por una presunta mala práctica médica, aunque aseguró que durante el proceso surgieron señalamientos que posteriormente fueron descartados.
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El apresamiento del doctor Almánzar y su hermano, Franklin, fue lo que motivó el paro nacional por 24 horas en reclamo de haberse utilizado los procedimientos jurídicos apropiados para el apresamiento de los imputados.
Thevenin detalló que el doctor Almánzar sí está colegiado en el CMD, que es graduado de Medicina general de la Universidad Católica del Cibao (Ucateci) con especialidad en cirugía maxilofacial en el Hospital Cabral y Báez, avalado por la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (Pucmm).
«Al principio se acusó de una mala práctica médica, se dijo que no era médico, que no tenía exequátur y que no era miembro del Colegio Médico. Cuando mostramos que estudió medicina, que realizó su especialidad, su número de colegiación y su exequátur, entonces se varió la querella y se cambiaron los conceptos jurídicos», afirmó.
El CMD insistió en que el gremio continuará dando seguimiento al proceso judicial contra Almánzar.


