La representante Jackie Rodríguez divulgó hoy, viernes, el contenido de un informe que el Departamento de Salud donde se revela que los hospitales atienden en promedio 800 casos de abuso sexual mensualmente en la isla y que anualmente se radican 16,000 querellas de este tipo.
Ante esta alarmante cifra, la legisladora del Partido Nuevo Progresista (PNP) presentó una resolución para resolución para que la Comisión de Turismo y Bienestar Social investigue sobre la incidencia de abuso sexual contra menores.
“Esto es inaceptable y debemos evaluar las medidas que el gobierno ha implementado e identificar iniciativas adicionales para erradicar tal abuso”, indicó la legisladora en unas declaraciones escritas tras hacer público el contenido del informe.
Mientras que el 80% de las querellas por algún tipo de agresión sexual son reportadas por víctimas mujeres, un 35% de los delitos reportados son por agresión sexual y el 60% por actos lascivos.
Una gráfica publicada en la página web de Salud sostiene para el año fiscal 2017-2018 habían 679 casos activos de abuso sexual en el Departamento de la Familia.
Asimismo, un estudio realizado por Salud, en el 2018, reveló también que, diariamente, dos menores víctimas de abuso sexual reciben servicios en salas de emergencia en la isla. El 79% de las víctimas que reciben servicios de este tipo en los hospitales son menores de 18 años.
La legisladora afirmó que la isla “vive una imbatible violencia sexual” que no ha podido ser detenida con éxito por las campañas de prevención y concienciación que se han realizado.
“Como es evidente por las estadísticas reportadas, aún queda mucho camino por recorrer para acabar con esta problemática tan reprochable que representa un problema social que el gobierno de Puerto Rico está comprometido a erradicar, haciendo cumplir las leyes que protegen a los menores y a las mujeres que han sido víctimas”, señaló la legisladora.
El Código Penal de Puerto Rico en sus Artículos 130 al 137,establece penalidades por distintos delitos relacionados a las agresiones sexuales.
Además, el Artículo 88, establece que los siguientes delitos no prescribirán cuando la víctima sea un menor de 18 años, y el acusado haya sido mayor de 18 años al momento de la comisión del delito: incesto, agresión sexual, actos lascivos, trata humana, secuestro agravado, la utilización de un menor para pornografía infantil y el proxenetismo, rufianismo y comercio de personas agravado.
Este medio intentó obtener una reacción del Departamento de Salud, pero no fue posible.