El obispo de San Francisco de Macorís, monseñor Ramón Alfredo de la Cruz, emitió un decreto episcopal en el que prohibe a los sacerdotes y diáconos de su diócesis emitir cartas de recomendación, testimonio o cualquier documento similar con el propósito de ser utilizados en procesos judiciales, civiles o penales.
En el documento, De la Cruz indica que el papel de los sacerdotes y diáconos de la comunidad debe ser el de pastores y guías espirituales, no el de influenciadores en procesos judiciales seculares.
La prohibición abarca cartas de recomendación para individuos en litigios civiles, en procedimientos penales y declaraciones escritas solicitadas por abogados defensores o fiscales.
“La participación en procesos judiciales mediante la emisión de cartas podría comprometer la percepción de imparcialidad de la iglesia y de sus ministros”, dice en uno de los considerandos.
Añade que “la iglesia debe mantener su testimonio ético y moral, evitando cualquier apariencia de influencia indebida en asuntos de justicia secular.
El documento señala que no se harán excepciones a la prohibición en ninguna circunstancia.
Incumplimiento
El decreto establece que en caso de incumplimiento, se aplicarán medidas disciplinarias conforme con lo establecido por el derecho canónico.
El decreto fue comunicado a todos los sacerdotes, diáconos y animadores de asamblea de la diócesis, mediante circular oficial.
La costumbre de emitir cartas de recomendación en procesos judiciales es una práctica común en muchos procesos.
La prohibición podría extenderse a otras diócesis.