¿Por qué el Gobierno no le pagó a Eladia Ozuna Reyes terrenos AILA?

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El Ministerio de Hacienda de la República Dominicana aclaró este miércoles la razón por la que no se ha efectuado el pago de 85 millones de pesos a Eladia María Mercedes de Ozuna, de 92 años, y a su familia, como resultado de una sentencia judicial a favor de los propietarios originales de los terrenos donde fue construido el Aeropuerto Internacional de las Américas Dr. José Francisco Peña Gómez (AILA) en la década de 1950.

Mercedes de Ozuna falleció el pasado 14 de enero, pero sus hijos heredaron el derecho al pago, pendiente desde que el Tribunal Superior Administrativo (TSA) dictaminó a su favor en 2021.

El Ministerio explicó que la demora se debe a que los representantes de la familia Ozuna Mercedes no presentaron toda la documentación necesaria antes del 1 de agosto de 2024, fecha límite establecida por la resolución 198-18 del Ministerio de Hacienda, que regula las solicitudes de inclusión de sentencias judiciales en el Presupuesto General del Estado.

“La documentación requerida fue entregada el 29 de agosto de 2024, es decir, fuera del plazo establecido. Por esta razón, no fue posible completar los trámites requeridos para su sometimiento a apropiación o inclusión en el presupuesto correspondiente al ejercicio corriente de 2025”, señaló Hacienda en un comunicado oficial.

Recordó que la Ley 86-11, sobre Fondos Públicos, establece que las sentencias condenatorias contra el Estado deben ser satisfechas con cargo a la partida presupuestaria de la entidad pública afectada. Sin embargo, cuando no hay fondos suficientes en el ejercicio presupuestario vigente, Hacienda debe prever su inclusión en el presupuesto del año siguiente.

Compromiso de pago para 2026

Pese a los retrasos, el Ministerio aseguró que está en coordinación con los representantes legales de la familia para completar los trámites necesarios y garantizar el pago en el presupuesto de 2026. Según una carta enviada por el ministro de Hacienda, Jochi Vicente, al abogado Ángel Lockward a finales del 2024, los procesos legales y administrativos están correctos, pero el pago no podrá realizarse antes del próximo ciclo presupuestario.

El TSA dictó en 2021 la sentencia 0030-02-2020-SSEN-00384, que ordena al Estado pagar 7,625 pesos por metro cuadrado de los terrenos expropiados. Sin embargo, han pasado más de tres años sin que se materialice el cumplimiento de la decisión judicial.

Mercedes de Ozuna, quien residía en condiciones de extrema pobreza en La Caleta, Boca Chica, enfrentó una vida de dificultades tras perder sus tierras. Invidente, postrada en una silla de ruedas y aquejada de diabetes e hipertensión, su historia se convirtió en un emblema de las luchas por la justicia en el país.

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 Primero se debe agotar la fase de procesamiento de pago

«Cumplidos los trámites correspondientes y agotada la fase de apropiación o inclusión presupuestaria, a partir de la aprobación y entrada en vigor del presupuesto general correspondiente, el Ministerio de Hacienda, en coordinación con los acreedores o sus representantes legales, así como con el personal de la institución del Gobierno central, autónoma o descentralizada condenada, inicia la etapa de procesamiento de pago», agregó la entidad.

En esta fase, Hacienda indica que se formulan a los interesados los requerimientos exigidos para elaborar el libramiento correspondiente, que debe ser sometido a la aprobación de la Contraloría General de la República. Tales requerimientos de información o documentación varían en función del tipo de obligación que dio origen a la sentencia condenatoria objeto de pago, ya sea que se trate de la expropiación de un inmueble, la prestación de un servicio, la adquisición de un bien, la construcción de una obra, prestaciones laborales u otros.

«Esto, además, implica la presentación y validación de información de carácter personal o institucional, según el tipo de beneficiario o acreedor, ya sea una persona física o una entidad jurídica», sostiene el comunicado.

¿Cuándo concluye el proceso?

Hacienda indicó que el trámite concluye una vez que los beneficiarios hayan satisfecho los requerimientos documentales y de información establecidos en la legislación vigente, así como en las normas y resoluciones dictadas por el Ministerio de Hacienda y los órganos de control interno del Estado, y se haya comprobado que el expediente cuyo pago se solicita no se encuentra afectado por oposiciones de pago o cualquier impedimento trabado a requerimiento de terceros.

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