SANTO DOMINGO.– El Senado de la República aprobó en segunda lectura importantes modificaciones al Código de Trabajo, entre las que destaca la prohibición expresa de toda forma de discriminación en el ámbito laboral.
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El nuevo artículo 3 del proyecto de reforma laboral establece que no se podrá discriminar por motivos de sexo, género, edad, raza, origen, opinión política, militancia sindical, orientación sexual, discapacidad o creencia religiosa. Sin embargo, aclara que no se considerarán discriminatorias aquellas distinciones que estén basadas en las calificaciones requeridas para un puesto específico.
Otro de los cambios aprobados fue la eliminación del artículo 83 y la modificación del artículo 88, que detalla las causas bajo las cuales un empleador puede dar por terminado un contrato laboral mediante despido, ofreciendo mayor claridad en la terminación de relaciones laborales.
También se introdujo una reforma al artículo 511, que busca agilizar el proceso de conciliación laboral. Esta modificación establece plazos concretos para la designación del juez conciliador, la notificación de la demanda y la citación a audiencia, con un mínimo de ocho días francos entre la citación y su celebración.
En cuanto al artículo 722, se dispuso que los fondos recaudados por concepto de multas laborales sean destinados al presupuesto del Ministerio de Trabajo, con el fin de fortalecer los servicios que esta institución ofrece a los usuarios.
Estas modificaciones forman parte del proyecto de reforma integral al Código de Trabajo que busca actualizar la legislación laboral dominicana, adecuándola a los retos y dinámicas del mercado actual.
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