Una práctica recurrente que se realiza durante los operativos migratorios en el país ha generado cuestionamientos entorno a las legalidades y derechos humanos: la incautación de bienes como motocicletas, vehículos u otras pertenencias a migrantes indocumentados al momento de su detención y deportación.
Abogados y expertos en derechos humanos consideran esta práctica como una violación a la Constitución dominicana.
¿Tiene el Estado dominicano la potestad legal de quedarse o subastar los bienes de un migrante por el simple hecho de estar en situación irregular?
Tanto el abogado Cirilo Guzmán como el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Manuel María Mercedes, coinciden en que el derecho a la propiedad no depende del estatus migratorio y que ninguna autoridad puede disponer de un bien sin una sentencia judicial.
Guzmán aclaró que el Estado dominicano no tiene la potestad legal de disponer libremente de los bienes de personas indocumentadas, como motocicletas o vehículos, sin una sentencia judicial que ordene su decomiso.
Asimismo, explicó que, aunque una persona se encuentre de manera ilegal en el país, sus bienes siguen estando protegidos por el derecho de propiedad consagrado en la Constitución dominicana. “No importa que usted esté de manera ilegal, sus bienes deben ser preservados por el Estado”, afirmó el jurista.
“El Estado puede disponer de bienes, no solamente de ilegales deportados, sino de cualquiera, cuando hay una sentencia que ordena el decomiso de este bien, solamente con una sentencia definitiva”, sostuvo.
Subasta de motores: ¿Legal o arbitraria?
Si llegaran a ser subastadas las motocicletas incautadas a indocumentados, Guzmán aclaró que el Estado solo puede disponer de dichos bienes si se demuestra que no tienen propietario legal o si están en condición de ilegalidad, por ejemplo, sin documentos válidos en el país.
“Si esas motocicletas están ilegales, no tienen documentos, y si están ilegales en la República Dominicana, el Estado sí puede disponer de ellos en una pública subasta, porque hasta prueba en contrario, no hay ningún propietario legal”, explicó.
Recuperar un bien incautado
El jurista también subrayó que el proceso para recuperar un bien incautado requiere recursos y asesoría legal, algo que muchas personas indocumentadas no pueden costear.
«La persona puede demostrar que el motor le pertenece, aunque tenga documentos en otro país. Por ejemplo, un haitiano que traiga un motor de Haití, lo compró y tiene cómo probar que él lo compró en Haití. Un tribunal dominicano tiene que aceptárselo. Esos papeles se traducen con un traductor legal, un juez ordenaría la devolución”, dijo Guzmán.
Agregó que, aunque la ley ampara a los propietarios legítimos, el procedimiento actual deja a muchas personas vulnerables sin forma efectiva de recuperar sus pertenencias: “la autoridad puede incautarlos y dejarlos ahí hasta tanto se demuestre una titularidad de uno de estos bienes, y si no se demuestra en un tiempo prudente, pues entonces puede decomisarlos”, añadió.
Derecho de propiedad: El Estado reconoce y garantiza el derecho de propiedad. La propiedad tiene una función social que implica obligaciones. Toda persona tiene derecho al goce, disfrute y disposición de sus bienes.
Los derechos humanos
De su lado, el presidente de la CNDH denunció que la incautación de bienes pertenecientes a migrantes indocumentados deportados por parte del Estado dominicano es una práctica ilegal y contraria a la Constitución.
“No se puede, por el hecho de que usted sea migrante y que esté de manera ilegal en el país, si ha obtenido una propiedad, de que el Estado Dominicano se tenga que quedar con ella”, dijo Mercedes.
Mercedes señaló que, aunque un extranjero se encuentre de manera irregular en el país, esto no anula su derecho a la propiedad privada.
5) Sólo podrán ser objeto de confiscación o decomiso, mediante sentencia definitiva, los bienes de personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan su origen en actos ilícitos cometidos contra el patrimonio público, así como los utilizados o provenientes de actividades de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas o relativas a la delincuencia transnacional organizada y de toda infracción prevista en las leyes penales.
El Estado puede ser demandado
Según explicó Mercedes, la Dirección General de Migración (DGM) retiene motocicletas y otras pertenencias de los migrantes al momento de su detención y deportación, sin que exista una orden judicial que autorice la incautación o disposición de esos bienes.
El también abogado advirtió que subastar bienes sin la debida autorización judicial puede traer consecuencias legales para el Estado. “Quien compre un vehículo subastado en esas condiciones podría no obtener nunca los documentos legales de propiedad y eso podría llevar al Estado a ser demandado en daños y perjuicios por una actuación que se ubica al margen de la ley y de la Constitución Dominicana”.
Mercedes recordó que el país es signatario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el cual protege los derechos de toda persona, independientemente de su nacionalidad o estatus migratorio. “El único derecho que pierde un detenido es el de libre tránsito. Todos los demás están vigentes. Confiscar un bien sin orden judicial no solo viola la Constitución, sino también los tratados internacionales que el país ha firmado”, subrayó.
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Otras alternativas
- Mercedes indicó que, en lugar de confiscar los bienes: “lo ideal y posible es devolver esa propiedad, contactar a un familiar o representante para entregarles los bienes, de modo que puedan realizar los trámites necesarios y llevárselos a su país, o incluso venderlos para obtener recursos. Pero lo que el Estado está haciendo, retener propiedades incautadas a migrantes, violenta la Constitución, los pactos y convenios internacionales a los que la Comisión de Derechos Humanos está opuesta”, explicó.
Destacando que muchos de los casos, esos bienes no les pertenecen a ellos, sino a terceros, lo que agrava aún más la ilegalidad de la incautación.
Mercedes enfatizó que, de acuerdo con la Constitución y los pactos, “el Estado dominicano debe ser el garante de los derechos humanos”. Sin embargo, cuando el Estado no garantiza esos derechos, “se constituye en violador de los derechos.”
“Hay que entender que los migrantes, y es una de las problemáticas que el Estado Dominicano y que la Dirección de Migración no ha entendido… es que ellos tienen derecho”, sostuvo.