El presidente de la República, Luis Abinader, promulgó este domingo las modificaciones que el Congreso Nacional realizó al Código Penal.
El nuevo código es la Ley 74-25 y «sustituye la legislación que rigió desde 1884» en el país, que era la ley 2274. Entrará en vigencia un año después de su promulgación.
La nueva ley dice que la anterior, «era un instrumento legal que no respondía eficazmente a las necesidades de prevención, control y represión de las infracciones que se presentan actualmente en la sociedad dominicana y a nivel internacional».
Las modificaciones al Código Penal fueron aprobadas por el Congreso Nacional luego de que el jefe de Estado convocara a una legislatura extraordinaria para que conociera ese y otros proyectos que tienen tiempo debatiéndose en el Poder Legislativo.
El Senado aprobó el proyecto el jueves 31 de agosto, un día después de que la Cámara de Diputados hiciera lo propio en una sesión que duró alrededor de 16 horas y concluyó a las 3:00 de la madrugada en medio de amplios debates. El viernes, fue enviado al Poder Ejecutivo.
En caso de que el mandatario no lo promulgara u observara, el Senado tenía la prerrogativa de convertirlo en ley 10 días después.
Al dar a conocer la promulgación, el Gobierno definió la ley como un «paso de avance», y resaltó los nuevos delitos que se incluyeron.
70 nuevos delitos
Entre los nuevos delitos están: el feminicidio, el sicariato, el ciberbullying, la violencia económica, la difusión de deepfakes (noticias falsas) con fines de chantaje, la estafa piramidal, la intermediación financiera no regulada, la instigación al suicidio; se tipifican todos los supuestos convencionales de crímenes de lesa humanidad y genocidio, la desaparición forzada, los delitos con dolo eventual y culpa consciente.
También se incluyeron los daños por dopaje, el autosecuestro, la falsa denuncia, la obstrucción de justicia y se eleva la pena para la violación sexual dentro del matrimonio o en relaciones de pareja.
Otras novedades
El aumento de las penas de prisión hasta 40 años, e incluso hasta 60 años en caso de concurso de infracciones graves.
La creación de medidas sociojudiciales, que incluyen vigilancia posterior al cumplimiento de condena, registro de agresores sexuales y programas de reeducación para la reinserción social de los infractores.
La responsabilidad penal de las personas jurídicas, lo cual permite sancionar a personas jurídicas que, por negligencia o actos de sus representantes, incurran en delitos.
Órdenes de protección más robustas para víctimas de violencia de género, intrafamiliar o de cualquier agresión que amenace su integridad.
Críticas
Antes y después de su aprobación, la pieza fue criticada por diversos sectores, incluida la primera dama y dos de sus hijas. Principalmente, cuestionaban que se dejara fuera a las causales del aborto. También señalaban ambigüedades en algunos artículos.
El viernes, 30 organizaciones enviaron una carta a Abinader en la que pedían devolver la ley al Congreso, por considerar que representa un retroceso en cuanto a derechos humanos.
Observaban en específico los artículos 377, 141, 124, párrafo IV; los del 109 al 112 y el 173.
Sobre el 377, señalaban que «la imprecisión y ambigüedad del artículo, incluso al establecer los conceptos de confidencialidad y de intereses fundamentales de la Nación, puede dar apertura a persecución política contra periodistas y personas defensoras u organizaciones de derechos humanos que se dedican a la investigación con apoyo de la cooperación u organismos internacionales».
También criticaron el plazo de prescripción del delito de abuso sexual a 20 años.
Un año para posibles correcciones
La entrada en vigencia del Cógido será dentro de un año, tiempo conocido como vacatio legis.
Según el vocero del gobernante Partido Revolucionario Moderno (PRM) en la Cámara de Diputados, Amado Díaz, este periodo puede ser aprovechado para corregir cualquier aspecto que genere preocupación o que necesite ajustes.