Wally Brewster ofició boda gay en RD, no reconocido legalmente

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Wally Brewster, exembajador de Estados Unidos en el país, publicó en su cuenta de Instagram que “fue un honor oficiar la boda de José Fernández y Jeremy Gottschalk en el hermoso entorno de Camp David, Santiago, República Dominicana. Una noche llena de amor, baile, comida dominicana, familia, amigos, fuegos artificiales y risas”.

Según la publicación, la ceremonia se celebró en Camp David Ranch, en la provincia Santiago de los Caballeros, y contó con la presencia de familiares y amigos.

Situación legal en el país

En la República Dominicana, el matrimonio entre personas del mismo sexo no está reconocido por la ley.

La Constitución de 2010 establece que la familia se fundamenta en el matrimonio entre un hombre y una mujer.

Tampoco existen figuras jurídicas como uniones civiles o pactos de convivencia que otorguen derechos equivalentes a las parejas del mismo sexo.

Sin embargo, la legislación dominicana no contempla el reconocimiento de este tipo de enlaces ni en el Registro Civil ni en los tribunales, por lo que ceremonias de este tipo tienen carácter simbólico y no generan efectos legales.

Presiones internacionales

Aunque las relaciones entre personas del mismo sexo no son ilegales en el país, el marco jurídico no incluye protecciones explícitas contra la discriminación por orientación sexual o identidad de género.

Organismos internacionales han recomendado a la República Dominicana asumir estas uniones en materia de derechos humanos para incluir igualdad de trato y protección a las minorías sexuales.

Las ceremonias entre personas del mismo sexo pueden celebrarse de manera privada, pero no tienen reconocimiento oficial, aunque juristas del más alto nivel en la República Dominicana consideran que es posible que dos personas del mismo sexo formalicen una unión legal a través de contratos civiles, similar a las uniones de pareja, aunque ante la ley nunca le pueden llamar matrimonio.

El abogado y expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, ha señalado en el pasado que el matrimonio civil es, en esencia, un contrato entre partes. Bajo el artículo 1,134 del Código Civil, que consagra las libertades contractuales, los individuos tienen la capacidad de establecer cualquier tipo de acuerdo que deseen.

“Bajo el 1,134 del código civil sobre las libertades contractuales usted puede contratar lo que usted quiera”, declaró.

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