El juez del Octavo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, declaró complejo el proceso judicial que se sigue por presuntos actos de corrupción, fraude y lavado de activos en el Seguro Nacional de Salud (Senasa), al rechazar una excepción de inconstitucionalidad presentada por una de las defensas y acoger los argumentos del Ministerio Público sobre la magnitud y gravedad de los hechos investigados, asegurando que “drenar instituciones del Estado es traicionar al pueblo dominicano”.
Durante la audiencia, el magistrado desestimó el planteamiento de la defensa del principal imputado Santiago Hazim, exdirector de Senasa, que alegaba que la declaratoria de complejidad violaba el principio de proporcionalidad al extender los plazos de la prisión preventiva.
En el documento de motivación, el juez sostuvo que el artículo 377 numeral 2 del Código Procesal Penal permite ampliar dichos plazos hasta 18 meses cuando concurren los presupuestos legales, como la pluralidad de hechos, elevado número de imputados y características de delincuencia organizada.
“Esto indica, que proceso de estas características trastornan profundamente el ordenamiento jurídico de la sociedad y el interés colectivo y particular”, afirmó el tribunal, al indicar que en casos complejos no siempre desaparecen los peligros procesales, como el riesgo de fuga, la obstrucción de pruebas o el impacto social de los hechos.
Un caso “extremadamente grave”
En la motivación, el juez Sena calificó el expediente como “tétrico, sombrío, escandaloso, extremadamente grave, cruel al extremo, de frenesís y holocausto colectivo”, al tratarse de una presunta estructura criminal que habría afectado una institución clave para la salud de más de 7.5 millones de dominicanos, especialmente a la población más vulnerable.
El magistrado dijo que la investigación preliminar del Ministerio Público es “seria, profunda y detallada”, destacando un voluminoso arsenal probatorio que incluye 51 testimonios, 3 peritajes, 135 documentos, 3 pruebas audiovisuales, 46 materiales y 66 procesales, varias de ellas provenientes de actores que habrían participado directamente en el entramado delictivo.
Según el juez, las evidencias presentadas apuntan a la existencia de una red de corrupción organizada que habría operado mediante el cobro de sobornos, manipulación de estados financieros, sabotaje de sistemas tecnológicos antifraude, adjudicación irregular de contratos y presunto lavado de activos, con un impacto económico que superaría los 15,900 millones de pesos en reservas técnicas.
“El amor desmedido del dinero”
Más allá del análisis jurídico, el magistrado incorporó una reflexión ética y social sobre el amor desmedido al dinero, citando referencias bíblicas, literarias y políticas para subrayar que la función pública debe ejercerse como un acto de servicio y no de enriquecimiento personal.
- “1 Timoteo 6:10 dice: Porque raíz de todos los males es el amor al dinero, el cual codiciando algunos, se extraviaron de la fe y se traspasaron con muchos dolores», indica la motivación de Rigoberto Sena, indicando que el problema no es el dinero como herramienta, sino, la avaricia por el dinero.
- Además, citó al fenecido expresidente de Uruguay, Pepe Mujica: “¿quieren dinero? no sean políticos. “La política es para servir”.
“Cuando se va al Estado a drenar sus instituciones constituye un acto de traición, en primer lugar, al pueblo dominicano, a quienes debe de servir con amor y respeto”, afirmó el juez, al advertir que apropiarse de fondos públicos, especialmente en el sector salud, representa una grave afrenta a la dignidad humana y al Estado social y democrático de derecho.
Con esta decisión, el tribunal dejó establecido que existen elementos suficientes para imponer medidas de coerción y continuar el proceso bajo la modalidad de caso complejo, mientras avanza la investigación de uno de los expedientes de corrupción más sensibles y de mayor impacto social en los últimos años.
Variación de medidas de coerción
En otro orden, el tribunal acogió la solicitud del Ministerio Público de variar la prisión preventiva por medidas de coerción alternas a favor de tres imputados: Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdono. Las medidas incluyen arresto domiciliario, impedimento de salida del país, garantía económica mediante contrato de seguros y medidas reales.
El juez explicó que, conforme a la Constitución y al Código Procesal Penal, solo el Ministerio Público está facultado para solicitar medidas de coerción en los casos de acción pública, y valoró que los imputados beneficiados han cooperado con la investigación, admitiendo responsabilidades y aportando pruebas relevantes.
“No se ha presentado ni aprobado ningún acuerdo”, aclaró el tribunal, precisando que la variación responde exclusivamente a la colaboración ofrecida y a la valoración de que no representan un peligro para la investigación.
A su vez, siete imputados cumplirán 18 meses de prisión preventiva en los centros de Najayo Hombres y Najayo Mujeres, en la provincia de San Cristóbal, con excepción de Santiago Hazim, quien será enviado a la nueva prisión de Las Parras.
El tribunal otorgó un plazo de ocho meses al órgano persecutor para completar la investigación de este caso conocido como Operación Cobra.


