El proyecto de Ley Nacional de Vacunas, declarado de urgencia y aprobado en primera lectura en la Cámara de Diputados, establece que padres o representantes legales de niños, niñas o adolescentes son los responsables del cumplimiento de la “obligación” de que sean vacunados de acuerdo con el Esquema Nacional de Vacunación y al Esquema Especial de Vacunación. Dicha responsabilidad está contenida en el artículo 23.
El artículo 14 reconoce el derecho de todas las personas a recibir, gratuitamente, de parte de los prestadores del servicio de salud pública.
El párrafo VI de ese artículo consigna que los residentes en territorio nacional son responsables de mantener actualizado su estado vacunal y deberán realizar lo concerniente para permitir que les sean aplicadas las vacunas que correspondan según su edad y esquema.
Además, párrafo VII del artículo 14, dispone que “las personas que ejerzan la patria potestad, tutela, guarda o, en términos generales, sean responsables de menores o de personas que no puedan decidir por sí mismos, estarán obligados a tomar todas las medidas necesarias para que éstos reciban las vacunas respectivas, de acuerdo con el Esquema Nacional de Vacunación o el Esquema Especial de Vacunación que corresponda y las disposiciones del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (Mispas)”.
El párrafo I del artículo 21, establece que todas las personas deberán contar con una tarjeta de vacunación y el artículo 22 plantea que dicha tarjeta será requerida para matricularse en instituciones educativas públicas y privadas en los niveles de inicial, primario, secundario y superior, guarderías y estancias infantiles, al principio de cada ciclo escolar.
Además, será requerida para los trabajadores de salud, públicos y privados y de la seguridad; funcionarios y empleados de las demás instituciones del Estado y empresas privadas vinculadas a la seguridad social; para prestar servicio en instituciones policiales, militares, cuerpo de bomberos y otros.
La iniciativa cita la Ley General de Salud, No. 42-01 que establece que son obligatorias las vacunaciones y las revacunaciones que la Mispas ordene.
También, el proyecto de ley Nacional de Vacunas establece infracciones en el artículo 45 por la negativa en la aplicación de las vacunas.
Ayer, informó Diario Libre, dos proponentes de esa iniciativa, los senadores Bautista Rojas Gómez y Faride Raful, aseguraron que pieza aprobada en el Senado no establecía la obligatoriedad de vacunarse. Pero el vocero del bloque de diputados del PLD, Gustavo Sánchez, se comprometió a impulsar eliminar ese requisito porque sería inconstitucional.