El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Santiago dictó sentencia absolutoria a favor de Simón Bolívar de los Santos Abreu Núñez, acusado en 2022 de causar la muerte de su pareja, Themis Carolina Cruz Hernández, de 25 años, quien era agente de la Policía Municipal, tras una presunta sobredosis.
El caso generó gran atención mediática luego de que Cruz fuera ingresada en estado de coma a un centro de salud, falleciendo días después.
Inicialmente se reportó que la causa de la muerte fue una sobredosis; sin embargo, el Ministerio Público afirmó posteriormente que existían signos de violencia que señalaban al esposo como responsable de inducir el consumo de sustancias.
Fallo del tribunal: sin coherencia ni pruebas suficientes
Según la sentencia, ni el Ministerio Público ni la parte querellante, representada por el abogado Félix Portes, presentaron pruebas con la coherencia, la lógica jurídica ni la relación directa necesarias para sostener la acusación.
“La acusación no logró superar el estándar probatorio exigido en un juicio penal”, declaró el tribunal, que además desestimó la querella privada por violar el debido proceso y el principio de presunción de inocencia.
El hecho ocurrió el 8 de enero de 2022 en la residencia de Themis Carolina Cruz Hernández, ubicada en el sector Hoya del Caimito, al norte de Santiago.
Defensa desmontó la acusación
Los abogados defensores, Russel Orlando Aracena Peña y Orlando Aracena Vásquez, actuando en nombre de la Fundación Familia Sin Violencia, alegaron que el expediente estuvo mal instrumentado desde el inicio y que las pruebas eran inconsistentes o manipuladas.
“El tribunal ha demostrado que una justicia tardía, incoherente y politizada es, en realidad, una justicia nula”, expresó el licenciado Russel Aracena.
De su lado, Orlando Aracena Vásquez insistió en que la acusación fue fabricada con el objetivo de despojar a su representado de bienes materiales, incluyendo su vehículo.
Portes: “La familia siente que no se hizo justicia”
El abogado Félix Portes, al reaccionar al fallo, manifestó: “La familia se siente decepcionada porque entiende que no se hizo justicia”.
Agregó que, aunque respetan la decisión del tribunal, consideran que el proceso no valoró debidamente algunos elementos clave del caso.
“Tampoco se valoró el certificado médico ni el reconocimiento hecho por el médico legista al imputado, donde se evidencian golpes que la defensa atribuye a que ella lo agredió mientras él la mataba. Además, no se tomó en cuenta la fecha de ese reconocimiento ni la de la investigación de las comunicaciones”, argumentó el jurista.
También expresó que los familiares de la víctima quedaron frustrados y que evalúan otras vías legales para seguir luchando por una respuesta judicial que, a su entender, aún está pendiente.
Condena menor por posesión de municiones
Aunque fue absuelto del cargo de homicidio, el tribunal condenó a De los Santos Abreu a dos años de prisión por posesión ilegal de 30 proyectiles, encontrados durante un allanamiento.
No obstante, se estableció que el acusado ya cumplió 3 años, 5 meses y 25 días en prisión preventiva, por lo que la pena quedó automáticamente extinguida.
Cierre de un caso polémico
El fallecimiento de Themis Cruz generó reacciones encontradas desde su origen. La falta de evidencia médico-forense concluyente sobre la supuesta inducción de sobredosis fue uno de los puntos más debatidos durante el proceso.
“Con este fallo absolutorio concluye uno de los casos más mediáticos de los últimos años en Santiago, resaltando la importancia de que las investigaciones y los procesos judiciales se basen en evidencias sólidas y no en presunciones sociales o presiones externas”, afirmó el abogado Aracena.