Tribunal dicta sentencia a favor de Onguito en acusación de intento de homicidio

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El Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este dictó sentencia absolutoria a favor del exponente de música urbana Elvis Manuel Santos Alcántara, conocido popularmente como «Onguito Wa», y del coimputado Ernellis Capellán Matos, quienes eran acusados por el Ministerio Público de intento de homicidio en perjuicio de Frey José Báez.

El tribunal presidido por Elizabeth Esperanza Rodríguez Espinal e integrado por Flor E. Batista Polo y José Leonel Asencio, de manera unánime fundamentaron su sentencia, argumentando que el conjunto de pruebas documentales, testimoniales y audiovisuales aportadas por la fiscalía resultaron insuficientes para vincularlos con el hecho punible y destruir la presunción de inocencia que los ampara.

Durante la lectura de la motivación del fallo, el magistrado Leonel Asencio señaló deficiencias críticas en la acusación presentada por la Fiscalia de esa jurisdicción, señalando que los únicos testigos presentados por el Ministerio Público fueron agentes policiales actuantes en el arresto, quienes se limitaron a describir los procedimientos de detención y el peritaje técnico al vehículo implicado.

Sin embargo, sostiene que no presenciaron el suceso en sí y que otro de los testigos interrogados declaró abiertamente ante el tribunal no haber visto nada de lo acontecido.

Tras la reproducción en sala de un material audiovisual aportado como prueba, el tribunal determinó que la calidad y el ángulo del video hacían «prácticamente imposible» identificar de manera fehaciente quién conducía el automóvil o quiénes descendieron del mismo, dejando la escena en un marco de total duda y confusión.

Aunque se depositó un certificado médico que validaba que la víctima presentaba heridas físicas, el tribunal recalcó que esto solo probaba la existencia de la lesión, mas no la responsabilidad penal de los imputados.

El juez enfatizó que hubiese sido «importantísimo» que el propio agredido compareciera al tribunal a deponer y señalar de manera directa a sus agresores, lo cual nunca sucedió en el curso del proceso

DISPOSICIÓN DEL FALLO
Al amparo del artículo 343, numeral 2 del Código Procesal Penal dominicano, relativo a la insuficiencia probatoria, el tribunal declaró a Santos Alcántara y a Capellán Matos «no culpables», ordenando el cese inmediato de cualquier medida de coerción que pesara en su contra y disponiendo la devolución del vehículo que se encontraba retenido bajo custodia judicial

La lectura íntegra de la sentencia penal quedó formalmente pautada para el próximo 9 de junio a las 9:00 de la mañana, fecha en que también le será notificada formalmente a la víctima ausente.

“Onguito Wa”y “Cerdo Gatillo” estaban imputados de asociarse e intentar matar a al ciudadano Freisy José Báez Ciprián, en un suceso ocurrido 22 de diciembre del 2024 a las 11:00 a.m., en la calle 5, del sector Invi, en Los Mina, en el municipio Santo Domingo Este.

“Cerdo Gatillo” era señalado como el responsable de disparar desde un vehículo contra Báez Ciprián, y presuntamente le habría causado heridas de bala, mientras que el exponente urbano “Onguito Wa”, era quien supuestamente conducía el vehículo desde el cual se efectuaron los disparos, según el expediente.

Según la acusación, ambos imputados llegaron en automóvil marca Honda, modelo Fit, color gris, conducido por el exponente urbano y sin mediar palabras, “Cerdo Gatillo”, propino varios disparos a la víctima, y luego de los disparos, huyeron ambos el referido vehículo.

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