El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional concluyó la noche de este lunes que el mayor general retirado Adán Benoni Cáceres Silvestre incurrió en enriquecimiento ilícito y participó en un esquema de lavado de activos mediante la «creación de una estructura compleja» de personas físicas y jurídicas que distrajo fondos públicos a través del Cuerpo Especializado de Seguridad Presidencial (Cusep) y el Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur).
Al leer las motivaciones de la sentencia, que todavía no ha sido evacuada, los jueces establecieron que existía una desproporción objetiva entre los ingresos lícitos conocidos del exjefe del Cusep y el patrimonio que acumuló durante el ejercicio de sus funciones.
En ese sentido, señaló que Adán Cáceres percibía un salario de 245 mil pesos mensuales.
La lectura señala que, al asumir la dirección del Cusep en 2012, Cáceres poseía un patrimonio limitado y percibía ingresos propios de su cargo (245 mil pesos mensuales). Sin embargo, en los años siguientes adquirió propiedades, certificados financieros, préstamos y realizó operaciones bancarias que superaban ampliamente su capacidad económica.
Según el tribunal, que conforman Esmirna Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo, las pruebas financieras, fiscales y testimoniales demostraron que los ingresos formales del acusado y los de su esposa, cuyo salario era de 49,820 pesos, no justificaban el volumen de activos, pagos y movimientos financieros registrados durante el período investigado.
Los jueces determinaron además que muchos de los préstamos obtenidos fueron pagados de manera anticipada y concluyeron que los fondos utilizados para saldarlos provenían de recursos distraídos del patrimonio público.
Dijeron que para el 2013, Cáceres pagaba un monto en préstamo de 91 mil 829 pesos.
“Este valor sube dramáticamente en el año 2015, donde pagaba cuotas mensuales por concepto de préstamos de 354 mil 351 pesos, más una cuota anual de 370 mil 355 pesos. Y dos años, tres años después, para el 2017, ya se encontraba pagando por concepto de cuotas de préstamos 512 mil 325 pesos mensuales, más una cuota anual de 370 mil 355 pesos”, acotaron.
El tribunal concluyó que el entramado de corrupción utilizó las nóminas del Cusep y el Cestur para desviar fondos públicos mediante la inclusión de personas que recibían salarios sin desempeñar funciones reales. Según el dispositivo, muchos de los reclutados eran militares asignados a otras instituciones o personas captadas por una red de colaboradores.
Una vez recibían los pagos, los beneficiarios debían devolver la totalidad o gran parte del dinero a los llamados «cabezas recolectoras», quienes posteriormente entregaban los fondos al entonces gerente financiero del Cusep, Rafael Núñez de Aza, mediante depósitos, transferencias o en efectivo.
Las juezas determinaron que el esquema operó durante años con la participación de funcionarios de ambas instituciones y permitió recaudar millones de pesos mensuales. Testigos aseguraron que solo en el Cusep se colectaban entre 1.7 y 1.9 millones de pesos cada mes, mientras que en el Cestur la cifra rondaba RD$1.2 millones de pesos.
Propiedades adquiridas y uso de terceros
La decisión judicial describe la adquisición de múltiples inmuebles a título personal y mediante terceros. Entre ellos figura una vivienda en el residencial Colinas del Oeste cuya compra, según testimonios acogidos por el tribunal, fue gestionada y pagada parcialmente por el también condenado Rafael Núñez D´ Aza.
«Se inicia el procedimiento y las conversaciones para la adquisición de una propiedad que luego de ser tasada por el Ministerio Público, tiene un valor de $11.469.841», dijeron los magistrados en la lectura.
Asimismo, fueron identificadas otras propiedades y apartamentos cuyos pagos fueron realizados por personas vinculadas al entramado, mecanismo que el tribunal consideró parte de las maniobras para ocultar el origen real de los recursos.
Empresas utilizadas para ocultar bienes
La sentencia sostiene que, a partir de 2014, el esquema evolucionó hacia la utilización de empresas para adquirir y administrar bienes sin que estos aparecieran directamente a nombre de Adán Cáceres.
Entre las entidades señaladas figura CCNA Universo Empresarial, sociedad que, según el tribunal, fue utilizada como vehículo para adquirir inmuebles y vehículos vinculados a Cáceres y Núñez D´ Aza. Los jueces concluyeron que la empresa no tenía una actividad económica suficiente para justificar el patrimonio que manejaba.
También fue identificada la empresa Único Real Estate, descrita en la sentencia como una entidad utilizada para colocar bienes y capitales de origen ilícito sin desarrollar operaciones comerciales reales.
El papel de la Asociación Campesina Madre Tierra
Otro de los mecanismos señalados por el tribunal fue la Asociación Campesina Madre Tierra, organización sin fines de lucro que, según la decisión, funcionó como una estructura para mezclar recursos ilícitos con actividades agrícolas legítimas.
Los jueces acogieron testimonios que situaron a Adán Cáceres como la persona que ejercía el control real de la entidad, pese a que formalmente no figuraba entre sus directivos. La lectura de las motivaciones indica que a través de esta asociación se realizaron movimientos millonarios, pagos a terceros y operaciones financieras vinculadas al entramado.
El tribunal concluyó que la organización permitía la colocación, mezcla y estratificación de recursos, etapas características de los procesos de lavado de activos.
Esquema para ocultar el origen de los fondos
La decisión establece que las propiedades, empresas y asociaciones identificadas fueron utilizadas para transformar, colocar y alejar bienes y capitales de su origen ilícito, completando así el ciclo de lavado de activos atribuido a la red por el Ministerio Público.
Para los jueces, las pruebas documentales, financieras y testimoniales presentadas durante el juicio demostraron que Adán Cáceres desarrolló un patrimonio incompatible con sus ingresos legítimos y recurrió a diversas estructuras societarias y asociativas para ocultar la procedencia de los recursos obtenidos de manera ilícita.
«Para cerrar respecto de este apartado y de este grupo de empleados, de personas que se vinculan con la adquisición de bienes propiedad de Adán Cáceres en un claro esquema de lavado de activos, debemos enfatizar que la posesión y la propiedad de tantos bienes, muebles e inmuebles, y no los hemos mencionado todos, sino sólo aquellas operaciones relevantes respecto de los imputados para justificar la conclusión a la que hemos arribado, denotan un incremento patrimonial injustificado, que es la conducta atribuida igualmente a Adán Benón y Cáceres Silvestre, quien utilizó una estructura compleja de personas físicas y jurídicas para colocar, administrar, ocultar e integrar bienes provenientes de los delitos precedentes», establecieron las juezas.


