Rechazan recusación de Jean Alain Rodríguez contra fiscales

Publicado el

spot_img

El magistrado Rodolfo Espiñeira Ceballos, quien funge como procurador general en el caso Medusa, rechazó este miércoles la recusación interpuesta por el exprocurador Jean Alain Rodríguez en contra de cinco fiscales y la inhabilitación de otros 20, por entender que la solicitud del exfuncionario “carecen de fundamentos jurídicos que justifiquen sus argumentos”.

Entre los recusados por la defensa de Rodríguez figuran Yeni Berenice Reynoso, Wilson Camacho, Mirna Ortiz, Luisa Liranzo y Juan Medina.

Espiñeira Ceballos, quien asume las funciones de la magistrada Miriam Germán Brito en este caso, tras su inhibición del proceso, plantea que Rodríguez “lo único que pretende al parecer es evadirse de la persecución penal de que es objeto”.

“Este pedimento es evidentemente improcedente, carente de base legal y falta de seriedad procesal”, sostuvo el procurador fiscal, de acuerdo a un comunicado de la Procuraduría, en el auto 000020, emitido el martes. 

Carlos Balcácer, Gustavo Biaggi Pumarol y Francisco Franco sustentaban la recusación en que esos miembros del Ministerio Público alegadamente estaban en incapacidad para llevar el caso de manera objetiva y han violado la Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley 133-11) al no inhibirse desde el inicio de la investigación por los vínculos laborales que existían entre éstos y el exprocurador.

Espiñeira establece, en sus considerandos, que no se ha podido establecer que entre los recusados y el recusante exista ningún tipo de enemistad, odio o resentimiento que les impida un ejercicio objetivo de sus funciones como miembros del Ministerio Público y mucho menos por haber algunos de los recusados accionados ante la jurisdicción contenciosa administrativa, en fecha 9 de marzo de 2020, contra las bases del concurso interno para titularidades del Ministerio Público denominado CIT-01-2020.

En ese sentido, explica que la acción de los fiscales atacaba un acto de carácter administrativo dictado por el Consejo Superior del Ministerio Público como órgano de gobierno de la institución y no contra la figura de la persona que entonces ocupaba la Procuraduría General de la República.

Calificó de “absurdo” pretender que el ejercicio de un derecho al uso de las vías recursivas, en este caso ante la jurisdicción contenciosa administrativa, sea considerado como un acto de odio, enemistad o resentimiento, ya que, por el contrario, se inscribe dentro del ejercicio de un derecho constitucional.

Además, que el alegato de una relación laboral con el recusante por parte de los recusados tampoco tiene validez debido a que se circunscribe al pasado.

En Portada

Intercambios de disparos: PN ha matado 30 muertes en 2025

En lo que va de año, la República Dominicana registra al menos 30 muertes...

Rob Manfred: El béisbol tiene buena salud en principales mercados

Rob Manfred, comisionado de las Grandes Ligas,  valoró  el crecimiento que ha experimentado el...

Crisis en Haití: Oficial keniano resulta herido tras enfrentar bandas

Un oficial keniano de la Fuerza Multinacional de Apoyo a la Seguridad en Haití...

Dominicanos deportados: emotivo reencuentro familiar

Al salir este martes del Centro Vacacional de Haina, dominicanos deportados desde Estados Unidos y...

Noticias Relacionadas

Intercambios de disparos: PN ha matado 30 muertes en 2025

En lo que va de año, la República Dominicana registra al menos 30 muertes...

Dominicanos deportados: emotivo reencuentro familiar

Al salir este martes del Centro Vacacional de Haina, dominicanos deportados desde Estados Unidos y...

Caso Sudiksha Konanki: juez acoge habeas corpus de Joshua Steven Riibe

El juez Edwis de la Cámara Penal de Primera Instancia de la provincia La...