Ordenan devolver bienes a Rondón y Díaz Rúa absueltos de Odebrecht

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Además de dejar sin efecto la condena impuesta al empresario Ángel Rondón y el exfuncionario Víctor Díaz Rúa hace tres años por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, la Suprema Corte de Justicia ordenó la devolución de todos los bienes que les habían decomisado.

Los bienes incautados a Rondón eran las sociedades accionarias de la empresa Lashan Corp y Consultores y Contratistas Conamsa SRL con registro nacional de contribuyente 1-01-62007-2 junto a todos los bienes muebles e inmuebles y los productos financieros que estas registren en entidades de intermediación financieras y de valores, nacionales y extranjeras.

En el caso de Día Rúa, le deben ser devuelta una propiedad en Casa de Campo, en La Romana; el yate “Balbie”, un apartamento ubicado en la torre Caney en Bella Vista, Distrito Nacional, las sociedades Albox, Radio-Difusora Sky Land e Inversiones Monttoba, así como varias cuentas en pesos y dólares del Banco de Reservas a su nombre.

Rondón y Díaz Rúa, únicos imputados que recibieron condenas, ahora libres

Rondón y Díaz Rúa eran los únicos de los 14 imputados inicialmente en el caso de corrupción Odebrecht, pero hoy, la Suprema Corte de Justicia dio a conocer la sentencia que los absolvió. El alto tribunal falló a un recurso de casación que sometieron sus abogados. La sentencia tiene fecha del 31 de julio del 2024.

Ministerio Público no probó acusación

La alta corte concluyó que ni con respecto a estos dos imputados, el Ministerio Público pudo probar su acusación de corrupción, soborno, lavado de activos y enriquecimiento ilícito.

Un tribunal de primera instancia los condenó a ocho y cinco años de prisión, aunque se mantuvieron en libertad condicional. Luego, la Corte de Apelación le ratificó la condena, pero en casación la Suprema emitió el fallo a favor de los procesados.

Con esta decisión, el caso judicial Odebrecht, que comenzó en mayo de 2017 con el arresto de 14 funcionarios, empresarios y abogados, alcanzó la cosa irrevocablemente juzgada.

El expediente comenzó luego de que la constructora brasileña Odebrecht admitiera que pagó más de 92 millones de dólares a funcionarios dominicanos para alzarse con las obras Estado.

En el fallo, los jueces que integran la Segunda Sala Suprema Corte, Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y María Garabito Ramírez, determinaron que el Ministerio Público no demostró el destino del dinero con el que fueron estafados funcionarios dominicanos, es decir, imputó a Rondón de ser el encargado de repartir el dinero del soborno como representante de Odebrecht en el país, sin embargo, no demostró quién o quiénes recibieron tales sumas.

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