El nuevo Código Penal promulgado por el presidente Luis Abinader introduce cambios en las sanciones por difamación, endureciendo las penas de prisión y estableciendo como una nueva figura penal la difamación extorsiva. Estas modificaciones representan un cambio respecto a las normativas vigentes, que hasta ahora limitaban las penas a un máximo de un año de prisión.
Bajo las leyes actuales, tanto la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, el Código Penal vigente y la Ley de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, sancionan la difamación con penas que oscilan hasta un año de prisión, sin importar el medio en que se cometa la infracción.
Sin embargo, el nuevo Código Penal, que entrará en vigor en un año, contempla una redacción más amplia del delito de difamación, extendiéndolo a entornos como plataformas digitales, redes sociales, servicios de streaming, radio, televisión y medios electrónicos en general y la pena llegará a cinco años.
La difamación
El artículo 208 del nuevo Código Penal define la difamación como la imputación pública de un hecho concreto a una persona, física o jurídica, que afecte su honor, imagen, dignidad o integridad familiar.
- La pena establecida por este delito será de dos a cinco años de prisión menor y multas de nueve a quince salarios mínimos del sector público, además de las penas complementarias y medidas sociojudiciales correspondientes.
La difamación extorsiva
Una de las novedades en la tipificación es la inclusión del delito de difamación extorsiva, contenido en el artículo 209. Esta figura se aplicará cuando la imputación pública se realice “con el propósito de obtener para si o para un tercero, un beneficio de cualquier naturaleza, o para que la víctima o un tercero realice, omita o tolere un acto que le cause un perjuicio”.
En estos casos, la sanción será considerablemente más severa y se establecerán penas de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público.
Esta figura, según la ley, busca castigar conductas en las que se utiliza la difamación como mecanismo de presión, chantaje o coacción, especialmente relevantes en contextos donde se puede utilizar información falsa como medio de intimidación pública a través de redes sociales, medios digitales u otros canales de comunicación.