La Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros del Ministerio Público presentó una acusación formal contra un hombre y una empresa señalados de cometer abuso de confianza mediante supuestas inversiones falsas en criptomonedas.
El expediente, depositado ante la Oficina Coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, imputa a Alexis Andrés Gómez Peña y a la compañía QDR Capital S.R.L. por promover inversiones fraudulentas en criptomonedas, divisas y acciones, establece un comunicado de prensa del Ministerio Público.
Según la acusación, lograron captar entre julio de 2022 y febrero de 2023 un total aproximado de RD$25,000,000, afectando a cuatro personas y al Estado dominicano.
¿Cómo ocurrieron los hechos?
De acuerdo con la investigación, el imputado ofrecía a las víctimas supuestos rendimientos mensuales de 10 a 11 %, valiéndose de contratos engañosos de “Administración de Cuenta” para obtener control completo de los fondos destinados a la compra y venta de criptoactivos, divisas y otros valores. Posteriormente, estos recursos habrían sido desviados para su beneficio personal.
Los depósitos se manejaron mediante cuentas personales de Alexis Andrés Gómez Peña y a través de las empresas QDR Capital S.R.L. y Crytopay, pese a que estas no contaban con las autorizaciones regulatorias para administrar valores.
¿Qué medidas se han tomado?
La acusación, formulada por la procuradora fiscal Elizabeth Tucent Hiraldo, incluye un amplio conjunto de pruebas documentales, testimoniales y periciales obtenidas conforme a los principios de legalidad y debido proceso.
Estas evidencias vinculan de manera directa e individualizada a los acusados con los hechos investigados y permiten determinar la configuración de los delitos señalados, los cuales constituyen violaciones al artículo 408 del Código Penal dominicano, a la Ley 249-17 del Mercado de Valores, artículos 3 (numerales 31, 36, 37, 48, 52, 59, 154 y 173), así como a la Ley 479-08 sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, artículos 28, 59, 61, 233 y 234, modificada por la Ley 31-11, en relación con la entidad QDR Capital S.R.L.


