Fenabanca advierte a Lotería Nacional no cobrar impuestos

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La Federación Nacional de Bancas de Lotería (Fenabanca) pidió al director de la Lotería, Téofilo -Quico- Tabar, que se abstenga de cobrar impuestos a todos los dueños de Bancas de Lotería que se han inscrito en el proceso de regularización.

A través de un acto de notificación de advertencia por apresto de cobro de impuestos, sostienen que cobrar a través de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), depositando la data de los que hoy están en dicho proceso de regularización sin haber sido aprobado por el Consejo Consultivo, «sería una franca violación a la leyes que regulan dicho sector, especialmente a lo que establece sobre la distancia de los 200 metros lineales de una banca a otra… así como el contrato del 19 de diciembre del año 2005, entre la Lotería Nacional y la Federación Nacional de Bancas de Lotería”.

Por lo que solicitan que paralicen cualquier acción de índole impositiva, ya que justifican aún no termina el proceso de validación y verificación de las bancas inscritas.

Además, el documento firmado por el presidente de la federación, Juan Antonio Del Jesús Del Jesús, recordó que según la resolución No. 061-22 “se otorga una dispensa por un plazo de ciento veinte (120) días a todas las bancas de loterías que comercializan sorteos de billetes y quinielas de la Lotería Nacional y que estén operando al margen de la ley y las normas para la regularización de sus permisos”.

Sin embargo, el pasado 19 de julio del presente año Quico Tabar emitió un comunicado en el que sostiene que ya concluyó “el período de presentación de declaraciones juradas previsto dentro del proceso de regularización de bancas”.

Asimismo, cita que, en vista de ello, la Dirección de Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda, “iniciará un proceso de judicialización contra las bancas, puntos de ventas o agencias que han sido abiertas durante el proceso de regularización, o que no cumplen con las reglamentaciones establecidas”.

Proceso de regularización

De acuerdo con la resolución 061-2022 del Ministerio de Hacienda, los propietarios de establecimientos afiliados a la Federación Nacional de Bancas de Lotería (Fenabanca), las concesionarias de loterías electrónicas y las bancas de lotería independientes y sin afiliación que deseen acogerse al plan deberán comprometerse mediante documento escrito y formal, a presentar en esos 120 días un listado de todas las bancas de lotería de su propiedad, independientemente de su estatus legal.

El mismo es remitido al Ministerio de Hacienda y debe contener las siguientes informaciones: nombre comercial de la banca de lotería, razón social, número de cédula o Registro Nacional de Contribuyente, dirección de cada banca, punto de venta o agencia y número de teléfono.

Las declaraciones falsas que se hagan de las bancas o que no contengan la totalidad de los establecimientos indicados de la persona física o jurídica que realiza la declaración se considerarán una falta grave que afectará por igual al conjunto de establecimientos que pertenecen a dicho concesionario, consorcio o asociado y que carezcan de la licencia o permiso de operación.

El documento indica que las referidas faltas podrían dar lugar a la clausura de la totalidad de las bancas propiedad del declarante, incluyendo las que constan del permiso previamente otorgado.

Actualmente hay 2,871 bancas que cuentan con toda la documentación requerida.

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